REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, Veintisiete (27) de Enero del año 2012
201° y 152°

En horas de despacho del día de hoy, Veintisiete (27) de Enero del año 2012, siendo las 08:30 a.m, oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el asunto que por Fijación de Obligación de Manutención, se lleva en el expediente: JMS1-832, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal a la hora establecida, y se dejó un lapso de espera de quince (15) minutos, y solo se constató la comparecencia de la parte accionada del proceso ciudadano: FELIX JOSE DIAZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro.- V.- 14.650.161. Seguidamente, se deja constancia de la presencia de la Fiscal Tercera del Ministerio Público ABG. CARMEN TERESA ESPAÑA, con competencia en el Sistema Integral de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de la incomparecencia de la parte actora LILIAN ORIANA HERRERA CASTILLO. En consecuencia, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso, de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Déjese sin efecto la medida cautelar acordada. Librese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR
EL SECRETARIO DE SALA,


Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS

LA FISCAL

EL DEMANDADO


ASUNTO: JMS1- 832.- (Mario)