REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, Veintisiete (27) de Enero de Dos Mil Doce (2012)

Vista la anterior diligencia de Transacción de fecha 27-01-2012, suscrita por el Abogado JUAN RAFAEL BARRIOS ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.252, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, por una parte, y por la otra el ciudadano HUMBERTO MANIGLIA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Número V-1.567.761, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JORGE GUSTAVO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Número V-7.234.438, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.840, parte demandada, mediante la cual convienen en la TRANSACCION en los términos de la presente diligencia; el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho al orden público ni está prohibida por la Ley y versa sobre derechos disponibles le imparte su homologación de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena el archivo del expediente. Una vez transcurrido más de un (01) año de la presente homologación se remitirá al Archivo Judicial Regional Inactivo de esta Circunscripción Judicial, para su respectivo Archivo Judicial. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABOGº. HECTOR A. CRISTOFINI S.

EL SECRETARIO,

ABGº. CARLOS A. HAY C.
Exp. Nº 2011-1951
Alva