REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 23 de Febrero de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-000678
ASUNTO : XP01-P-2012-000678

AUTO DE ORDEN DE ALLANAMIENTO
Visto el escrito presentado por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Abg. EVELIS MUÑOZ CAMPERO, mediante el cual solicita a este Tribunal expida Orden de allanamiento, a fin de que los funcionarios designados, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la Sub delegación de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, la practiquen en una residencia, ubicada en la siguiente dirección y con las siguientes características: AVENIDA PERIMETRAL, SECTOR EL ESCONDIDO II, CASA DE COLOR AZUL CLARO, LA CUAL NO SE PUEDE APRECIAR LA NUMERACIÓN, PUERTA DE METAL PINTADA DE COLOR BLANCO, UBICADA AL LADO DEL RESTAURANTE "LA POLLERA", EN LA CIUDAD DE PUERTO AYACUCHO, MUNICIPIO ATURES DEL ESTADO AMAZONAS, sitio donde reside el ciudadano apodado el “PERICO”. Que luego de labores de investigaciones requieren recabar todas y cada una de las evidencias físicas y demás elementos de interés criminalísticos relacionados con el asunto penal N° 02-F2-836-12, llevado por ésa representación fiscal y Expediente N° K-12-0256-00127, numeración del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de la Sub Delegación Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, aperturado con motivo de la Comisión de Uno de los Delitos Contra Las Personas, específica mente del Delito de Homicidio, previsto y sancionado en el Artículo 406 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de MANCERA GAITAN ENRY. Evidencias y OTROS ELEMENTOS DE INTERES CRIMINALISTICO TALES COMO, ARMAS DE FUEGO, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, PRENDAS DE VESTIR, TELEFONOS CELULARES, PARTES DE VEHICULOS AUTOMOTORES. Este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 01 de esta Circunscripción Judicial. ACUERDA: Expedir dicha Orden de allanamiento conforme a lo establecido en los artículos 202, 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, para ser practicada en la totalidad del inmueble. Para ello se autoriza a efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, División de Investigaciones de Homicidio: SUB COMISARIO JESÚS PEÑA, N°V-6.279.708, INSPECTOR ALEXANDER GIL, N° V-11.062.476, AGENTES DE INVESTIGACIÓN KLEIVER PEÑALOZA, N° V-16.670.726, RITO ALVARADO, N° V ¬17.362.668, JOSÉ OLLARVES, N° V -20.162.995, ARGENIS RON, N° V- 17.713.550, DAVID VARGAS, N° V-18.751.722. Cúmplase.-
EL Juez Primero de Control

Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO

La Secretaria

Abg. Maria Isabel Rodríguez
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria

Abg. Maria Isabel Rodríguez