REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 3 de Febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-000492
ASUNTO : XP01-P-2012-000492

AUTORIZACION DE ALLANAMIENTO
Visto el escrito presentado por la Fiscal Octava del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Abg. ILDENIS SANTOS BASTIDAS, mediante el cual solicita a este Tribunal expida Orden de Registro de Morada, a fin de que los funcionarios designados, adscritos al Grupo Anti Extorsión y Secuestro N° 9 de la Guardia Nacional Bolivariana, en el Estado Amazonas, la practiquen en una residencia, ubicada en la siguiente dirección y con las siguientes características: BARRIO AFRICA, ESPECIFICAMENTE A 100 METROS DEL HOTEL EL MORICHAL, VIVIENDA SIN NUMERO CON FACHADA DE LAMINAS DE ACEROLIT COLOR VERDE Y GRIS, CON PUERTA DE ACEROLIT DE COLOR VERDE, lugar donde habita el ciudadano APODADO "EL INDIO", que luego de labores de investigaciones se presume que existe un Centro de distribución y venta de Sustancias Estupefacientes, así como la supuesta existencia de objetos provenientes del delito. Este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 01 de esta Circunscripción Judicial. ACUERDA: Expedir dicha Orden de Registro de Morada conforme a lo establecido en los artículos 202, 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, para ser practicada en la totalidad del inmueble. Para ello se autoriza a efectivos adscritos al Grupo Anti Extorsión y Secuestro N° 9 de la Guardia Nacional Bolivariana, en el Estado Amazonas. Cúmplase.-
EL Juez Primero de Control

Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO

La Secretaria


Abg. Rubi Scarlet Padrón Gonzalez

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria


Abg. Rubi Scarlet Padrón Gonzalez