REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
Puerto Ayacucho, Veintidós (22) de Febrero de Dos Mil Doce (2012)
201º y 152º

Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana NIRSA MARIA PEREZ OJEDA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.664.124, debidamente asistida por el Abogado JESUS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.085.005, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 178.687, parte demandante en el presente juicio, mediante la cual solicita al Tribunal les sean devueltos los originales del Expediente Nro. 2012-1963, por cuanto DESISTE de la presente acción en los términos de la diligencia que en un (1) solo folio útil consigna, el Tribunal la acuerda de conformidad y ordena hacer entrega por secretaría de los originales cursantes en el Expediente 2012-1963 previa certificación en autos y cancelación del fotocopiado; Igualmente el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho al orden público ni está prohibida por la Ley y versa sobre derechos disponibles le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena el correspondiente archivo del expediente así mismo se ordena mantener el presente expediente por un lapso de un año a partir de la presente fecha en el archivo transitorio de este Tribunal y una vez vencido el mismo se ordenará remitir a través de oficio al Archivo Judicial inactivo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABOGº. HECTOR A. CRISTOFINI S.

EL SECRETARIO,

ABOG°. CARLOS A. HAY C.
HACS/CAHC/camilo
EXP. MERC. N° 2012-1963