REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, diez (10) de Julio de dos mil doce (2012)
Años: 202° y 153°

Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana YELITZA JOSEFINA RODRIGUEZ LUCES, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 10.920.709, y promovidos y evacuados debidamente como han sido los testigos. En consecuencia, cumplidas las siguientes diligencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, devuélvase a la parte todo lo actuado, incluyendo la solicitud, la cual procede, previa certificación inserta en autos. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Juzgado. Por último, por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre del expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su Resguardo. Cúmplase.
EL JUEZ

ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
LA SECRETARIA

ABG. KARLEY PAREDES ROMERO.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.

LA SECRETARIA

ABG. KARLEY PAREDES ROMERO.





SOL. Nº JMS1-1814
MAME/JC/Yussely