REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior del Trabajo del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, trece de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: XP11-R-20112-000004

PARTE ACTORA: SEBASTIAN MEREGILDO YOAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.568.425, domiciliado en San Fernando de Atabapo, estado Amazonas.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. JUAN RODRIGUEZ Y
MANUEL ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.921.891, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 128.558.

PARTE DEMANDADA: GOBERNACIÓN DEL ESTADO AMAZONAS.
MOTIVO: Apelación de Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, de fecha 27-02-12, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Amazonas, la cual declaró el Desistimiento del Procedimiento.

SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva

Vista la diligencia de fecha 12 de marzo del año 2012, suscrita por abogado JUAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.921.891, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 128.558, en su condición de apoderado judicial de el ciudadano SEBASTIAN MEREGILDO YOAVE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-22.568.425, mediante la cual desiste del Recurso de Apelación, ejercido en fecha 05 de marzo de 2012, contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en fecha 27 de febrero de 2012, con motivo del juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, que incoará en contra de la Gobernación del estado Amazonas. En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:


Primero: Se observa que riela en el folio Nº 10 de la pieza principal identificada con el número de expediente XP11-L-2011-000091, poder otorgado por el ciudadano, SEBASTIAN MEREGILDO YOAVE, en su condición de demandante a los abogados JUAN RODRIGUEZ Y MANUEL ESCOBAR, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 128.558 y 65.813.

Segundo: Corre inserto en el cuaderno separado del recurso de apelación N° XP11-R-2012-000004, copia certificada del escrito de apelación, interpuesto por el demandante recurrente, así como de las copias certificadas del escrito donde el A-quo escucha la apelación en ambos efectos, en virtud del decreto del desistimiento del procedimiento, producto de la incomparecencia del demandante a la prolongación de la audiencia preliminar, conforme al artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acta que cursa al folio 52 y 53 de la causa principal Nº XP11-L-2011-000091, de fecha 27 de febrero del año 2012. Recibiéndose así por esta Alzada y fijándose la celebración de la audiencia de apelación oral y pública para el día de hoy, a las 09:00a.m.

Tercero: Ahora bien, vista la diligencia consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito del Trabajo del estado Amazonas, de fecha 12 de marzo de 2012; observa este Tribunal que ciertamente se encuentra suscrita su apoderado judicial que entre las facultades expresas y conferidas por la demandante se encuentra la de desistir, tal como ocurre el en caso en estudio. En este orden de ideas, el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, establece lo siguiente: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada……..”. Siendo así las cosas este Juzgado conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo imparte homologación al desistimiento del recurso manifestado por la parte demandante, no habiendo condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Cuarto: De conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente.
Por lo anterior este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Imparte la homologación al desistimiento del recurso interpuesto por el ciudadano SEBASTIAN MEREGILDO YOAVE, antes identificada. Particípese al Tribunal de la causa de la presente decisión. Líbrese oficio.
Publíquese, regístrese la presente sentencia y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el despacho Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas en Puerto Ayacucho a los trece (13) Días del mes de marzo del año 2012. Año 201 de la independencia y 153 de la Federación.
La Jueza

ABG. MAYLEN JORDÁN SÁNCHEZ.


El Secretario

ABG. CARLOS LIMA

En esta misma fecha, siendo las ocho y cuarenta y uno (8: 41 a.m.) horas de la mañana se publicó la anterior decisión.
El Secretario

ABG. CARLOS LIMA










ASUNTO PRINCIPAL: XP11-L-2011-00091

ASUNTO: XP11-R-2012-000004