REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 20 de marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-001044
ASUNTO : XP01-P-2012-001044
RESOLUCION FUNDADA DE AUDIENCIA DE PRESENTACION
JUEZ: WILMAN JIMENEZ ROMERO
SECRETARIO: ABG.NATACHA SILVA
FISCAL: ABG YAMILE PINTO (1º)
DEFENSOR: JESUS VICENTE QUILELLI (5º)
IMPUTADO: FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ
IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y OBJETO DEL PROCESO
El día 17 de Marzo de 2012, siendo las 02:00 de la tarde, se constituyó el Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, con la presencia del Juez WILMAN JIMENEZ ROMERO, la Secretaria Abg. Natacha Silva y el Alguacil Gregorio Cipriani, en la sala de audiencias N° 2, a los fines de celebrar la audiencia para oír al imputado FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ SALAZAR, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 13.578.320, natural de San Pedro Las Bonita, Municipio Cedeño del Estado Bolívar, 24 años, taxista, donde nació en fecha 11/06/1975, residenciado en la Comunidad Raudalito de Galipero, en la entrada de la comunidad primera casa a mano derecha, eje carretero norte, hijo de Mirian Salazar (v) y de David Álvarez (f), se procede a tomarle las características: Tez negra, cabello negro, crespo, corto, nariz perfilada, labios pequeños, orejas pequeñas, ojos de color negro, contextura gruesa, estatura 1,68 mts, presenta cicatriz en el brazo izquierdo, a quien la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, le imputa la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio de la Agencia Bancaria Banco Caroni. Se encontraban presentes la Fiscal Séptima del Ministerio Publico Abg. Yamile Pinto, el Defensor Público Cuarto Penal Abg. Jesús Vicente Quilelli, en representación de la defensoría quinta de responsabilidad ordinaria, y el imputado de autos previo traslado.
INICIO DEL PROCESO
Se inicia la presente fase preparatoria mediante orden de apertura de investigación de fecha, 17 de marzo de 2012, inserta al folio, 41, suscrito por la abogada, YAMILE PINTO, Fiscal AUXILIAR Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el ciudadano, FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ SALAZAR, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio de la Agencia Bancaria Banco Caroni.
HECHOS OBJETO DE LA IMPUTACION
Consta acta policial suscrita por funcionarios adscritos a la Sub. Delegación, Tipo "A" del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, de esta ciudad, que reposa en el respectivo asunto de lo cual se deja constancia de los siguientes hechos:
“…En esta misma fecha, siendo las 15:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, el funcionario AGENTE SÁNCHEZ Maike Aureliano, adscrito a esta Sub. Delegación, Tipo "A" Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, estando debidamente: juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 1110, 1120, 1690 Y 3030 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 210 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de haber realizado la siguiente diligencia efectuada en la presente averiguación: "Encontrándome en la sede este despacho, cumpliendo con mis labores de guardia, se recibió llamada telefónica mediante la cual se informaba que en la taquilla del Banco Caroní, ubicada en la Avenida Río Negro de esta ciudad, específicamente al lado de la gobernación del Estado Amazonas, personaos por identificar portando armas de fuego sometieron a los presentes y se lograron llevar cierta cantidad de dinero, motivo por el cual me traslade en compañía del Sub Comisario RANGEL Leo, Detective OSTOS Michael y Agente MEDINA Héctor, en las unidades P-30485 y moto Suzuki, modelo DL-650, hacia la dirección antes mencionada a fin de verificar la información suministrada. Una vez en la precitada dirección, luego de identificarnos como funcionarios adscritos a este cuerpo investigativos, fuimos recibidos por una persona quien dijo ser y llamarse CHAVEZ CORALES Oswaldo Lindemar, de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, fecha de nacimiento 19-06-79, de 32 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio Lcdo en Administración, actualmente Sub Gerente del Banco Caroní, residenciado en Malave Villalva, calle dos, casa número 05, número de teléfono 0426-545.05.42, titular de la cédula de identidad número V-14.565.258, quien luego de ser impuesto del motivo de nuestra presencia nos informo que cuatro sujetos portando armas de fuego y bajo amenaza de muerte sometieron a los empleados y a las personas que se encontraban efectuando operaciones bancarias en el interior de la entidad financiera y se lograron llevar aproximadamente la cantidad de Setecientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 750.000,00), correspondiente al efectivo que se encontraba en una de las gavetas de la caja fuerte que se encuentra en el interior de la bóveda del banco, así como al dinero que poseía los cajeros 01 y 02 del mencionado Banco, acto seguido nos indico el lugar exacto donde se encontraba el dinero sitio en el cual se procedió a efectuar la correspondiente Inspección Técnica la cual se anexa en la presente acta, así como reactivaciones dactilares a fin de ubicar algún rastro que nos conlleve a la identificación de los involucrados en este hecho, de igual forma sostuve entrevista con los ciudadanos SERRANO PULGARIN Yuris Stefani, de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, fecha de nacimiento 10-01-87, de 25 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: t.s.u en Administración de Empresas, actualmente cajera del Banco Caroní, residenciada en Barrio Casíquiare, detrás del modulo de Barría Adentro, número de teléfono 0416¬027.68.29, titular de la cédula de identidad número V-19.054.828, GARRIDO AGUILAR Eriht Yaffy, de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, fecha de nacimiento 28-12-90, de 21 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Estudiante, actualmente cajero del Banco Caroní, residenciado en la Comunidad Puerto Lucera, vía El Burro, número de teléfono 0426-242.55.81, titular de la cédula de identidad número V-19.0S4.900, quienes laboran en la entidad financiera como cajeros quienes manifestaron que una persona de piel color Blanco, con los ojos Rojos, de aproximadamente 1,68 mts de altura, cabello color Castaño, vestido con una camisa manga corta de color Azul Claro, con. pantalón de Blue jeans, los amenazo con una arma de fuego y les dijo que colocaran todo el dinero de las gavetas en una bolsa de plástico con un cierre en-la parte superior y luego de esto los llevo hasta el interior de la bóveda, donde a su vez se encontraba, el Sub Gerente del banco y el vigilante en compañía de otro sujeto armado quien se estaba llevando el dinero que estaba en la caja fuerte, de igual forma nos señalaron una bolsa que estaba en el suelo de la oficina la cual fue dejada por los sujetos armados y esta es igual a la utilizada por los mismos para llevarse el dinero, igualmente sostuvimos conversación con el ciudadano RAMOS BOLIVAR Rubert, de nacionalidad Venezolana, natural del Estado Bolívar, fecha de nacimiento 28-05-82, de 30 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Vigilante, residenciado en Barrio Colinas del Triangulo, calle principal, casa sin número de color Amarillo, con ventanas de color Rojo, en esta ciudad, número de teléfono 0416-522.31.62, titular de la cédula de identidad número V-17.657.677, el cual nos manifestó que al momento que disponía a salir de la oficina de la Sub Gerencia dos sujetos portando armas de fuego lo sometieron y lo llevaron al interior de la mencionada oficina, donde someten al Sub Gerente y bajo amenaza de muerte l.€ solicita que abra la bóveda, mientras que ingresa un tercer sujeto y amenaza a los cajeros solicitándole que les entregara el dinero de la caja. Acto seguido sostuvimos entrevista con varios ciudadanos quienes dijeron ser y llamarse Rafael Eugenio TORTOZA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.714.552, Jesús Clemente TORRES CUNICHE, titular de la cédula de identidad número V-8.947.519 y Magaly del Valle CAMICO DE MONTERO, titular de la cédula de identidad númeroV-10.015.217, quienes manifestaron haber visto a los sujetos que se encontraban robando en el banco y al salir estos se fueron en un vehículo, marca CHEVROLET, modelo: AVEO, color: AZUL, el cual decía a los lados RAPTOR y tenía un casco de taxi, una vez efectuada esta diligencia, fuimos abordados en las afueras de la entidad bancaria por e funcionario de la Guardia Nacional Teniente FREY GERIK José Enrique, adscrito a loa Comandos Rurales Número 09, informándonos haber encontrado un vehículo marca CHEVROLET, modelo: AVEO, color: AZUL, placa: MFG240, por las adyacencias de la cuarta transversal del Barrio Andrés Eloy, específicamente detrás del liceo, observando que dicho vehículo se encontraba estacionado con el motor apagado, la llave colocada y las puertas cerradas y aproximadamente a 10 metros del vehículo observaron a una persona atada de pies y manos, solicitando ayuda y manifestando que fue retenido por dos ciudadanos quienes les hizo una carrera hacia el aeropuerto de esta ciudad y en el trayecto hasta el destino antes mencionado recogieron a un tercer pasajero y una vez a bordo lo somete, y lo coloca en la parte posterior del vehículo, Liberándolo posteriormente en el barrio Andrés Eloy, este ciudadano quedo identificado de la siguiente manera: ALVAREZ SALAZAR Francisco Enrrique, de nacionalidad Venezolana, natural de San Pedro de la Guanipa, Estado Bolívar, fecha de nacimiento 11-06-77, de 34 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Taxista, residenciado en la Comunidad Raudalito de Galipero, en esta ciudad número de teléfono 0426~ 849.16.35, titular de la cédula de identidad número V-13.578.320. Acto seguido nos trasladamos hasta la dirección antes mencionadas a fin de ubicar alguna evidencia de interés criminalístico, así como de efectuar la Inspección Técnica del lugar, una vez en el sitio se indago con los moradores del sector, sobre los hechos que se investigan, manifestando no tener conocimiento sobre la causa en cuestión. Seguidamente nos trasladamos hasta la sede de este despacho donde se le efectuó la respectiva entrevista a las personas mencionadas en la presente acta, se consignan la Inspecciones Técnica se deja en calidad de recuperado el vehículo marca CHEVROLET, modelo: AVEO, color: AZUL, placa MFG240, erial de carrocería 8Z1TJ51677V356846, serial de motor 77V356846, el cual luego de ser verificado por el Sistema de Investigación e Investigación Policial, como Vehículo Recuperado sin Entregar, según expediente H-770.946 de fecha 28/06/08, por esta Sub Delegación, quedara estacionado en este despacho, por tal motivo se da inicio a las actas procesales K-12-0256-00202, por uno de los delitos Contra la Propiedad (ROBO). Es todo. Término, se leyó y conforme firma.-….”
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
La Audiencia con exposición e intervención de las partes, se desarrollo de la siguiente manera:
“…En este estado se concedió la palabra a la Representación Fiscal, quien expuso: “…de conformidad con los artículos 285 numeral 3° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, articulo 37 ordinal sexto de la ley Orgánica del Ministerio Público, 108 numerales 1, 2 y 10 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 373 y 250 ejusdem. En el día de hoy presento ante este Tribunal al ciudadano FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 13.578.320, por cuanto encontrándose de guardia, recibió actuaciones procedentes del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, delegación Puerto Ayacucho, mediante el cual remiten actuaciones relacionadas con el modo, tiempo y lugar en que se realizó la detención preventiva del ciudadano FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ. (Se deja constancia que la ciudadana fiscal narro los hechos que señala en el escrito de presentación y señala que consigna los soportes para practicar la detención). Por tal sentido la Fiscal del Ministerio Público solicita se califique la aprehensión en flagrancia, la continuación del proceso por el procedimiento ordinario, y se le decrete Medida Privativa Preventiva de Libertad, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Considerando que la conducta desplegada por el ciudadano antes mencionado se encuadra perfectamente en la presunta comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. Es todo”. Posteriormente el ciudadano Juez procede a imponer al imputado acerca de la existencia de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, Acuerdos Preparatorios, de la suspensión Condicional del Proceso, así como del procedimiento por Admisión de los hechos, contemplados en los artículos 37, 39, 40, 42 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, que pueden ser solicitadas e interpuestas en la oportunidad legal correspondiente. Así mismo, impuso al imputado de autos de las advertencias contenidas en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 125 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, que contemplan la posibilidad de declarar si es su voluntad o de abstenerse, y que de hacerlo puede ser sin juramento, sin que esto pueda tomarse en su contra. Igualmente, que la declaración es un medio de defensa y pueden decir todo cuanto quisiera a objeto de desvirtuar la solicitud presentada en su contra por el Ministerio Público. También pueden solicitar la práctica de alguna diligencia que consideren convenientes a su defensa, realizó la lectura de los preceptos constitucionales y legales que rigen la declaración, seguidamente se procede a interrogar al imputado de autos si desea declarar, así como su identificación personal, quedando identificado de la siguiente manera: FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 13.578.320, natural de San Pedro Las Bonita, Municipio Cedeño del Estado Bolívar, 24 años, taxista, donde nació en fecha 11/06/1975, residenciado en la Comunidad Raudalito de Galipero, en la entrada de la comunidad primera casa a mano derecha, eje carretero norte, hijo de Mirian Salazar (v) y de David Álvarez (f), se procede a tomarle las características: Tez negra, cabello negro, crespo, corto, nariz perfilada, labios pequeños, orejas pequeñas, ojos de color negro, contextura gruesa, estatura 1,68 mts, presenta cicatriz en el brazo izquierdo, a quien se le preguntó si deseaba declarar a lo que manifestó: Lo ocurrido fue lo siguiente salí en la mañana de mi casa, con hija que la tengo enferma hasta el hospital, tuve a la hija mía, luego me llamo la mama y me regrese, luego la deje y salí, en lo que salgo del hospital a la altura del semáforo a la altura de la licorería oporto me saca la mano me pide la carrera, cuando me pide yo tenia una carrera, una carrera normal y me dice que lo lleve al aeropuerto, le suena el teléfono y me dice que me pare mas adelante para recoger a una jeva, en el paraíso, el me dice detente aquí que aquí esta la jeva, el copiloto me encañona, y me dice quédate tranquilo que no te vamos a hacer nada, yo le dije que no me mataran, ellos me dijeron que me pasara para atrás, cuando estamos atrás me embalan con la mano para atrás con cinta de embalar, me embalaron los pies,. El forro del asiento me lo pusieron en la cabeza, yo lo único que les dije que no me fueran a matar, yo les dije que tenia a mi hija en el hospital, ellos me decían que solo necesitaban el carro, arrancamos, y se bajan ellos dos y el otro se queda aquí, yo sentí que el carro se paro y se monto otra persona, de ahí dice uno ya esta listo, yo pensé que me iban a matar, salimos y rodamos y luego se paro el carro y yo les dije que no me fueran a matar, ellos me querían meter atrás y me dijeron que como era muy gordo no entraba y me dejaron quieto atrás, cuando se detienen yo escucho, cuando dijo el que andaba piloteando, vamos paya, salieron paya y me dejaron amarrado, pasamos alrededor de casi una hora, yo escuchaba, quietito ahí, el tiempo que paso y cuando siento que entran y le decían dale, dale, mira, prende el carro, prende el carro, cuando prende el carro y se montaron, arrancamos y cuando se para de nuevo el carro, al ratico , como pude me quite la cinta de los pies, y abrí, estoy gritando pidiendo auxilio, y de repente escuche a una señora, llego la guardia y yo les dije que no me fueran a matar, y ellos me quitaron la cachucha de la cara, una maestra de la escuela vieron cuando ellos me soltaron, me dolía el brazo, ellos me preguntaron para donde se fueron, la señora dijo que en otro carro, me llevaron para el muelle, y luego me llevaron al punto de control de la flecha de COPEI, se desvían para el banco carona, y ahí estaba el CICPC, y cuando llegamos me escolta un funcionario y me llevan para allá, me dicen tienes que ir con los guardia a declarar en platanillal, me fui con mi mama y mi hermana, ellos me dicen que me van a llevar a la casa, después mi mama dice para donde van para el CICPC, de nuevo, mi mama le pregunta mira señor el se va, y el funcionario le dijo el se va a quedar detenido, me preguntaron y yo les dije que no tenia nada que ver, yo les dije que me creyeran que yo soy inocente, luego mas tarde me quieren poner a firmar una cosa que ellos llaman, es un poco de papeles, dicen arma, cantidad de dinero, una reseña, ellos me dijeron firma yo tengo miedo de firmar, ellos me dijeron que solo firmara que no me iba a pasar nada, me metieron para un cuartito, me pusieron las esposas, me acuesto en una camilla y me esposaron, ellos me decían que si iba a firmar, yo les decía que no sabia quien era, yo vi al señor cuando lo monte de la carrera, el de adelante yo lo reconozco si lo vuelvo a ver, me ponen la foto de los ciudadanos, pero yo no se porque cuando yo estaba en el carro yo estaba tapado, y mas o menos le dije que era ese por el koala, porque fue lo que yo le detalle, total que estoy en esto, yo les dije todo lo que yo se, yo les colaboro en todo. A PREGUNTAS DE LA FISCALÍA, CONTESTÓ: Que tiempo aproximadamente paso desde que tomo la carrera al momento de que abordan los ciudadanos el carro y le dicen dale, dale, dale: No demoramos tanto, no fue un trayecto tan corto, una carrera larga, se paro como aproximadamente casi una hora. Todo el trayecto: No desde que se paro. Calculo es como una carrera normal. El trayecto que me cargaron no fue mucho. Es la primera vez que se encuentra en un problema de este tipo: Primera vez, porque nunca había pasado por algo así. La defensa no tiene preguntas. A PREGUNTAS DEL TRIBUNAL, CONTESTÓ: El carro suyo es automático o sincrónico: Sincrónico. Quien fue la primera persona que lo apunto a usted: El que se monto el copiloto. Quien fue el que comenzó a conducir el vehiculo: El de adelante. El de atrás iba armado: Logre ver cuando me pasaron una como larguita. Logro distinguir el que iba adelante: Si lo puedo reconocer. El de atrás: No lo vi muy bien, era más grande que el de adelante. Cuando lo colocaron atrás quien iba ahí: Del lado derecho detrás del copiloto. La mano hacia donde las tenía amarradas: Para atrás. A que altura se monto el tercero: No tengo idea, porque estaba cubierto. Uno de ellos le dijo que fuera hacia un sitio: Si hasta el aeropuerto, en el transcurso cuando íbamos fue que me dijo que parara, no se cuantos se montaron, en una carrerita corta se monto el tercero: Si. Donde se monto: adelante. Quienes se bajaron cuando llegan al sitio: El que estaba atrás se bajo y los que estaban aquí adelante se cambiaron. Usted estaba encapuchado: Si. El que se monto de último: Se paso para donde estaba el copiloto. El le dije si se mueve el carajo le das un tiro. Se intercambiaron dentro del carro. Cuando siente que se vuelven a montar, porque ya se iban, cuantas personas se montaron con usted: No tengo idea, porque estaba encapuchado. Yo siempre permanecí en el sitio, siento cuando se montan, pero no se cuanto se montaron. SE montaron como tres, por lo apretado. Quien conducía el vehiculo: El copiloto. Cuantas personas cree usted que se montaron: Como tres, por lo apretado que quede, más el de adelante. Es todo.” Seguidamente se le concedió la palabra al defensor publico, quien expuso: “...Vista la exposición de la fiscal y de mi defendido considero que no hay elementos para la responsabilidad de mi defendido, lo que hay suposiciones no elementos subjetivos que puedan determinar que mi defendido haya cometido un acto contra la ley, y de acuerdo a las actas policiales por la presunta cantidad de personas que se metieron al carro, mi defendido estaba vendado, y no solo vendado sino el que esta en el, sitio , solicito una medida cautelar mientras se procede la investigación, igualmente debe señalara que a mi defendido se le violaron sus derechos establecidos en el COPP, que no se les leyeron sus derechos establecido en al COPP, así como nuestra constitución y las leyes especiales, en el folio 29 aparece una lectura sin firma, situación que de una u otra forma vicia la unidad el procedimiento, donde señalar también que mi defendido fue victima de un secuestro por parte de una banda que por la forma de proceder organizada la cual debe ser investigada a los fines de dar con ellos, por lo antes expuesto reitero que se le de una medida cautelar presentación uno, dos o hasta tres veces a la semana mientras se prosigue con la investigación, puesto que fue encontrado amordazado por funcionarios de la guardia nacional, y CICPC, igualmente tendrán que declarar los vecinos si es verdad o no es verdad, y debe probar mi defendido donde constate que llevo a su hija al hospital, todo el ministerio público se encargara de investigar, no se señala de manera directa como cómplice del derecho de robo, ello en virtud a los elementos que se encuentran en el expediente. Es todo.”…”
MOTIVACION
Ahora bien, de los hechos antes narrados y de los elementos que constan en autos se puede determinar que nos encontramos ante la presencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad cuya acción no se encuentra prescrita, que individualiza al ciudadano, FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ SALAZAR, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio de la Agencia Bancaria Banco Caroni, con los siguientes elementos que a continuación se describen.
1.- Acta policial suscrita por funcionarios adscritos a la Sub. Delegación, Tipo "A" del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, de esta ciudad, que reposa en el respectivo asunto de lo cual se deja constancia de los siguientes hechos:
“…En esta misma fecha, siendo las 15:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, el funcionario AGENTE SÁNCHEZ Maike Aureliano, adscrito a esta Sub. Delegación, Tipo "A" Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, estando debidamente: juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 1110, 1120, 1690 Y 3030 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 210 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de haber realizado la siguiente diligencia efectuada en la presente averiguación: "Encontrándome en la sede este despacho, cumpliendo con mis labores de guardia, se recibió llamada telefónica mediante la cual se informaba que en la taquilla del Banco Caroní, ubicada en la Avenida Río Negro de esta ciudad, específicamente al lado de la gobernación del Estado Amazonas, personaos por identificar portando armas de fuego sometieron a los presentes y se lograron llevar cierta cantidad de dinero, motivo por el cual me traslade en compañía del Sub Comisario RANGEL Leo, Detective OSTOS Michael y Agente MEDINA Héctor, en las unidades P-30485 y moto Suzuki, modelo DL-650, hacia la dirección antes mencionada a fin de verificar la información suministrada. Una vez en la precitada dirección, luego de identificarnos como funcionarios adscritos a este cuerpo investigativos, fuimos recibidos por una persona quien dijo ser y llamarse CHAVEZ CORALES Oswaldo Lindemar, de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, fecha de nacimiento 19-06-79, de 32 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio Lcdo en Administración, actualmente Sub Gerente del Banco Caroní, residenciado en Malave Villalva, calle dos, casa número 05, número de teléfono 0426-545.05.42, titular de la cédula de identidad número V-14.565.258, quien luego de ser impuesto del motivo de nuestra presencia nos informo que cuatro sujetos portando armas de fuego y bajo amenaza de muerte sometieron a los empleados y a las personas que se encontraban efectuando operaciones bancarias en el interior de la entidad financiera y se lograron llevar aproximadamente la cantidad de Setecientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 750.000,00), correspondiente al efectivo que se encontraba en una de las gavetas de la caja fuerte que se encuentra en el interior de la bóveda del banco, así como al dinero que poseía los cajeros 01 y 02 del mencionado Banco, acto seguido nos indico el lugar exacto donde se encontraba el dinero sitio en el cual se procedió a efectuar la correspondiente Inspección Técnica la cual se anexa en la presente acta, así como reactivaciones dactilares a fin de ubicar algún rastro que nos conlleve a la identificación de los involucrados en este hecho, de igual forma sostuve entrevista con los ciudadanos SERRANO PULGARIN Yuris Stefani, de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, fecha de nacimiento 10-01-87, de 25 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: t.s.u en Administración de Empresas, actualmente cajera del Banco Caroní, residenciada en Barrio Casíquiare, detrás del modulo de Barría Adentro, número de teléfono 0416¬027.68.29, titular de la cédula de identidad número V-19.054.828, GARRIDO AGUILAR Eriht Yaffy, de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, fecha de nacimiento 28-12-90, de 21 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Estudiante, actualmente cajero del Banco Caroní, residenciado en la Comunidad Puerto Lucera, vía El Burro, número de teléfono 0426-242.55.81, titular de la cédula de identidad número V-19.0S4.900, quienes laboran en la entidad financiera como cajeros quienes manifestaron que una persona de piel color Blanco, con los ojos Rojos, de aproximadamente 1,68 mts de altura, cabello color Castaño, vestido con una camisa manga corta de color Azul Claro, con. pantalón de Blue jeans, los amenazo con una arma de fuego y les dijo que colocaran todo el dinero de las gavetas en una bolsa de plástico con un cierre en-la parte superior y luego de esto los llevo hasta el interior de la bóveda, donde a su vez se encontraba, el Sub Gerente del banco y el vigilante en compañía de otro sujeto armado quien se estaba llevando el dinero que estaba en la caja fuerte, de igual forma nos señalaron una bolsa que estaba en el suelo de la oficina la cual fue dejada por los sujetos armados y esta es igual a la utilizada por los mismos para llevarse el dinero, igualmente sostuvimos conversación con el ciudadano RAMOS BOLIVAR Rubert, de nacionalidad Venezolana, natural del Estado Bolívar, fecha de nacimiento 28-05-82, de 30 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Vigilante, residenciado en Barrio Colinas del Triangulo, calle principal, casa sin número de color Amarillo, con ventanas de color Rojo, en esta ciudad, número de teléfono 0416-522.31.62, titular de la cédula de identidad número V-17.657.677, el cual nos manifestó que al momento que disponía a salir de la oficina de la Sub Gerencia dos sujetos portando armas de fuego lo sometieron y lo llevaron al interior de la mencionada oficina, donde someten al Sub Gerente y bajo amenaza de muerte l.€ solicita que abra la bóveda, mientras que ingresa un tercer sujeto y amenaza a los cajeros solicitándole que les entregara el dinero de la caja. Acto seguido sostuvimos entrevista con varios ciudadanos quienes dijeron ser y llamarse Rafael Eugenio TORTOZA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.714.552, Jesús Clemente TORRES CUNICHE, titular de la cédula de identidad número V-8.947.519 y Magaly del Valle CAMICO DE MONTERO, titular de la cédula de identidad númeroV-10.015.217, quienes manifestaron haber visto a los sujetos que se encontraban robando en el banco y al salir estos se fueron en un vehículo, marca CHEVROLET, modelo: AVEO, color: AZUL, el cual decía a los lados RAPTOR y tenía un casco de taxi, una vez efectuada esta diligencia, fuimos abordados en las afueras de la entidad bancaria por e funcionario de la Guardia Nacional Teniente FREY GERIK José Enrique, adscrito a loa Comandos Rurales Número 09, informándonos haber encontrado un vehículo marca CHEVROLET, modelo: AVEO, color: AZUL, placa: MFG240, por las adyacencias de la cuarta transversal del Barrio Andrés Eloy, específicamente detrás del liceo, observando que dicho vehículo se encontraba estacionado con el motor apagado, la llave colocada y las puertas cerradas y aproximadamente a 10 metros del vehículo observaron a una persona atada de pies y manos, solicitando ayuda y manifestando que fue retenido por dos ciudadanos quienes les hizo una carrera hacia el aeropuerto de esta ciudad y en el trayecto hasta el destino antes mencionado recogieron a un tercer pasajero y una vez a bordo lo somete, y lo coloca en la parte posterior del vehículo, Liberándolo posteriormente en el barrio Andrés Eloy, este ciudadano quedo identificado de la siguiente manera: ALVAREZ SALAZAR Francisco Enrrique, de nacionalidad Venezolana, natural de San Pedro de la Guanipa, Estado Bolívar, fecha de nacimiento 11-06-77, de 34 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Taxista, residenciado en la Comunidad Raudalito de Galipero, en esta ciudad número de teléfono 0426~ 849.16.35, titular de la cédula de identidad número V-13.578.320. Acto seguido nos trasladamos hasta la dirección antes mencionadas a fin de ubicar alguna evidencia de interés criminalístico, así como de efectuar la Inspección Técnica del lugar, una vez en el sitio se indago con los moradores del sector, sobre los hechos que se investigan, manifestando no tener conocimiento sobre la causa en cuestión. Seguidamente nos trasladamos hasta la sede de este despacho donde se le efectuó la respectiva entrevista a las personas mencionadas en la presente acta, se consignan la Inspecciones Técnica se deja en calidad de recuperado el vehículo marca CHEVROLET, modelo: AVEO, color: AZUL, placa MFG240, erial de carrocería 8Z1TJ51677V356846, serial de motor 77V356846, el cual luego de ser verificado por el Sistema de Investigación e Investigación Policial, como Vehículo Recuperado sin Entregar, según expediente H-770.946 de fecha 28/06/08, por esta Sub Delegación, quedara estacionado en este despacho, por tal motivo se da inicio a las actas procesales K-12-0256-00202, por uno de los delitos Contra la Propiedad (ROBO). Es todo. Término, se leyó y conforme firma.-….”
2.- Inspección Técnica número 823 donde se deja constancia del sitio del suceso lo que demuestra la comisión del hecho punible:
Puerto Ayacucho, 15 de Marzo del año 2.012.- En esta misma fecha, siendo las 12:00 horas del mediodía, se trasladó y constituyó una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas integrada por los funcionarios: Sub Comisario RANGEL Leo, Detective OSTOS Michael, Agentes MEDINA Héctor y SANCHEZ, adscritos a la Sub-Delegación Puerto Ayacucho, hacia la siguiente dirección: AVENIDA RÍO NEGRO, SEDE DE LA. TAQUILLA DEL BANCO CARONI, AL LADO DE LA GOBERNANCIÓN DEL ESTADO AMAZONAS, lugar en el cual se acordó practicar Inspección Técnica, de conformidad con lo establecido en los artículos 2840 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 19° de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a tal efecto se procedió dejándose constancia de lo siguiente: Trátese de un sitio de suceso CERRADO, correspondiente a un espacio, elaborado en bloques de cemento, respectivamente frisados, recubierto con pintura, piso de cemento recubierto con baldosas de cerámica y techo de platabanda, en el mismo se puede observar en la parte derecha (vista del observador) cuatro taquillas, para la atención al público, al fondo de la misma en su parte derecha, se observa una puerta de madera, tipo batiente color Beige, una vez traspuesta la misma se da acceso a una oficina en la cual se observa objetos propios del área, en la misma se observa en el piso una bolsa elaborada en fibra sintética de color Negro con estampados de diferentes colores, la cual fue dejada en el sitio por los presuntos autores del hecho, la misma fue fijada y colectada, de igual forma se observa una puerta de metal la cual se observa abierta, una vez traspuesta la misma se ingresa al interior de una bóveda de seguridad, utilizada para el resguardo de bienes de valor, en la misma en la parte derecha (vista del observador), se observa una caja fuerte la cual estaba abierta para el momento de la inspección, en el interior de la misma cuenta con tres gavetas, las cuales cada una cuenta con un dispositivo de seguridad digital, dos de gavetas se encontraban abierta y una cerrada con el dispositivo desprendido, en el sitio del suceso cuenta con una temperatura fresca e iluminación artificial abundante. Terminó se leyó y estando conformes firman,-
3.- Inspección Técnica 823 donde se determina la existencia del vehiculo marca AVEO color azul, donde se observa que uno de su distintivos tiene marca raptor, señal que fue observada por varios testigos y donde se facilitaron la fuga los perpetradores del hecho:
Puerto Ayacucho, 15 de Marzo de 2012.-
En esta misma fecha, siendo las 13:00 horas de la tarde, se constituye una comisión de este Cuerpo, integrada por el funcionario; Agente SANCHEZ MAIKEL, adscrito a esta Sub-Delegación, hacia la siguiente dirección: AVENIDA 23 DE ENERO SEDE OCPC, SUB DELEGAOÓN PUERTO AYACUCHO, ESTADO AMAZONAS", Lugar en el cual se acordó efectuar Inspección Técnica de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 202 y 284 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 06, 19 Y 26 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, a tal efecto se procede dejando constancia de lo siguiente: "Trátese de un sitio de suceso; ABIERTO, correspondiente a un estacionamiento, donde se visualiza un vehiculo; clase: automóvil , tipo: SEDAN, Marca: CHEVROLET, Modelo: AVEO, Color: AZUL, Placa: G240,5erial de Motor: 77V356846, Serial de carrocería: 8Z1TJ51677V356846, presentando las siguientes características: en su parte externa presenta cuatro rines normales provisto de sus cuatros neumáticos los cuales se aprecian en regular estado de uso y conservación, sus cuatro guarda barro, cuatro puertas, dos delanteras comunes y dos traseras, rotulado los vidrios con la palabra RAPTOR, espejos retrovisores, luces delanteras y traseras, con su respectiva antena de radio, un casco que lo identifica como taxi de color blanco con rojo, y en su parte interna se aprecian sus asientos elaborados en material semisintetico, un volante, sistema de encendido y electricidad en buen funcionamiento, dicho vehículo se aprecia en buen estado de uso y conservación, dentro del mismo se aprecia un rollo de cinta adeciva de color marrón la cual fue fijada y colectada, como evidencia de interés criminalistico, luego de haber practicado dicha inspección, se optó por plasmar en dicha acta las diligencias efectuadas, Es todo. Se leyó y estando conforme firman.-
4.- Entrevista tomada al ciudadano RAFAEL EUGENIO TORTOZA,
Testigo presencial del hecho y donde describe un vehiculo Modelo AVEO, de color azul, que tenia un "RAPTOR, cuya características coinciden con la inspección técnica anterior y el acta policial:
Puerto Ayacucho, 15 de marzo del año 2012 En esta misma fecha, siendo las: 01:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, previa notificación verbal, una persona que estando juramentada, dijo ser y llamarse como queda escrito: RAFAEL EUGENIO TORTOZA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad, de 37 años de edad, nacido en fecha: 09-02-1.975, portador de la cedula de identidad V- 13.714.552, de estado civil soltero, de profesión u oficio Licenciado en Educación Física, laborando en: La unidad educativa “ANDRES ELOY BLANCO”, de esta ciudad, residenciado en: Urb. “SAN ENRIQUE” sector los cajones, casa N° 115, diagonal a la familia QUINTO” teléfono: 0426-241-94-62, quien manifestó estar dispuesto a rendir declaración escrita y en consecuencia expone:” Aproximadamente a las: 11: 15 horas de la mañana de hoy, llegue a la oficina del banco “CARONI” ubicada en la sede de la Gobernación del Estado Amazonas en esta ciudad, con la finalidad de cobrar mi quincena, cuando había pasado una media hora, observe que entraron al banco cuatro (04) sujetos armados, dos de ellos pasaron a donde estaban los cajeros, los otros dos se quedaron en la entrada nos dijeron a todos que nos quedáramos tranquilos, que nos quedáramos de pie, los dos sujetos que entraron hacia donde estaban los cajeros del banco salieron con una sola bolsa plástica de color azul, la puerta no quería abrir entonces uno de los sujetos le dio una patada a la puerta esta abrió y se fueron, se montaron en un carro Modelo AVEO, de color azul, que tenia un “RAPTOR” eso es todo.”SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA. PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, lugar, hora y fecha, en que ocurrió el hecho que narra? CONTESTO: Eso fue en la Avenida Río negro, de esta ciudad, en la oficina del banco “CARONI”, aproximadamente a las: 11:45 horas de la mañana del día de hoy. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, si se encontraba acompañado en ese momento? CONTESTO: No yo estaba solo, fui a cobrar mi quincena. TERCERA PREGUNTA: Diga usted, si puede describir a los cuatro ciudadanos que dice entraron a la entidad bancaria ‘para cometer el hecho? CONTESTO: Uno de ellos es de baja estatura, de contextura, regular, piel blanca, cabello liso, parado, castaño claro, como de unos 30 años de edad, sin barba ni bigote alto de estatura, de contextura delgada, piel morena,’ cabello liso color negro, como de unos 27 años de edad, eran cuatro pero solo me fij e en esos dos ya que fueron los sujetos que se quedaron en la entrada del banco CUARTA PREGUNTA: Diga usted, si recuerda las vestimentas de los sujetos antes escritos? CONTESTO: El sujeto de piel blanca, vestía con una franela mangas cortas, no recuerdo el color, cargaba pantalón tipo jeans, no recuerdo el color, no me fije en los zapatos; el sujeto de piel morena vestía, de camisa negra, mangas largas con listas finas de color blanco, pantalón de color negro, zapatos de vestir de color negro. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, si puede, describir que tipo de armas de fuego portaban los ciudadanos mencionados? CONTESTO: Los dos sujetos que describí cargaban cada uno un arma tipo pistola, ambas dé color negro, no me fije en los otros dos sujetos que entraron hacia donde los cajeros. SEXTA PREGUNTA: Diga usted’, si podría reconocer a los sujetos mencionados de verlos nuevamente? CONTESTO: Si seguro reconocería a los dos sujetos que describí. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, si los sujetos se comunicaron entre el1os nombrándose con nombres o apodos? CONTESTO: No mencionaron nombres o apodo alguno. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cuando duro el hecho? CONTESTO: Unos diez minutos. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, si alguna persona resulto lesionada? CONTESTO: Nadie resulto lesionado. DECIMA PREGUNTA: Si tiene algo mas que agregar? CONTESTO: No es todo,
5.- Entrevista realizada al ciudadano, JESUS CLEMENTE TORRES CUNICHE, testigo presencial de los hechos, señalando que “…los sujetos se apuraron a salir del banco, no podían abrir la puerta, golpearon la puerta y se fueron corriendo, se montaron en un acarro AVEO azul oscuro que es un taxi..” características que coinciden con la entrevista del ciudadano EUGENIO TORTOZA, el acta policial y el acta de inspección técnica número 824 donde señala:
“…Puerto Ayacucho, 15 de marzo del año 2012 En esta misma fecha, siendo las: 02:00 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, previa notificación verbal, una persona que estando juramentada, dijo ser y llamarse como queda escrito: JESUS CLEMENTE TORRES CUNICHE, nacionalidad venezolana, natural de la comunidad POZON de BABILLA eje carretero Norte Estado Amazonas, de 42 años de edad, nacido en fecha: 23-11-1.968, portador de la cédula de identidad V- 8.947.519, de estado civil soltero, de profesión u Obrero, laborando en La Gobernación del estado Amazonas, adscrito al Polideportivo en la Avenida 23 de enero de esta ciudad, residenciado en: Sector GONZALEZ HERRERA",detrás de los galpones de malariologia, casa sin, ,diagonal a la bloquera teléfono: 0416-998-05-11,quien manifestó estar dispuesto a rendir declaración escrita y en consecuencia expone: Aproximadamente a las:08:15 horas de la mañana de hoy, llegue a la oficina del banco CARONI ubicada en la sede de la Gobernación del Estado Amazonas en esta ciudad, con la finalidad de cobrar, antes de las doce horas dé le mediodía de hoy cuando ya me estaba atendiendo cajero para pagarme, llego un ciudadano, de piel blanca, de mediana;' estatura, de contextura regular, cabello de color negro, vestía una franela de color blanco, mangas cortas cargaba un bolsa de varios colores, blanco, azul y amarillo, de las que se usan para hacer mercado, con un dibujo de un "WUINNY PUU", se le puso al lado al cajero del lado de adentro y le dijo al cajero que le echara el dinero en su bolsa, que lo hiciera rápido, una mujer que estaba a mi lado se puso nerviosa me miro y dijo que eso le parecía una atraco e hizo escándalo diciendo en voz alta que era un atraco que llamaran a la Guardia o a la "Policía, uno de los sujetos que se había colocado en la cola, saco un arma de fuego corta y dijo que se quedaran quietos que no pasaría nada que colaboráramos, ese sujeto era bajo de estatura, delgado, piel morena, había otro sujeto en la puerta, de contextura gorda, de mediana estatura, piel morena, el cuarto sujeto es un moreno, alto de estatura, delgado, camisa negra mangas largas y pantalón negro zapatos de vestir, no le vi armas, el salió de la parte de adentro del banco, además ese sujeto yo lo había visto desde temprano en el banco dando vueltas, como los clientes se estaban alborotando, los sujetos se apuraron a salir del banco, no podían abrir la puerta, golpearon la puerta y se fueron corriendo, se montaron en un acarro AVEO azul oscuro que es un taxi eso es todo."SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR DECLARANTE ES INTERROGADO DE LA SIGUIENTE MANERA. POR EL PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, lugar, hora y fecha, en que ocurrió el hecho que narra? CONTESTO: Eso fue en la Avenida Río negro, de esta ciudad, en la oficina del banco "CARONI", aproximadamente a las: 12: 00 horas del mediodía de hoy. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, si se encontraba acompañado en ese momento? CONTESTO: No yo estaba solo, fui a cobrar. TERCERA PREGUNTA: Diga usted, si puede describir que tipo de armas de fuego portaban los ciudadanos mencionados? CONTESTO: Las armas que vi eran pistolas, una la cargaba sujeto que estaba de ultimo en la cola, la otra la cargaba el sujeto que vestía de negro que salía de la parte de adentro del banco, no puedo darle mas detalles ya que no conozco nada de armas de fuego. CUARTA PREGUNTA: Diga usted si podría reconocer a los sujetos mencionados de verlos nuevamente? CONTESTO: Si seguro reconocería a tres de los cuatros sujetos. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, si los sujetos se comunicaron entre ellos nombrándose con apodos o nombres? CONTESTO: No mencionaron nombres o apodo alguno. SEXTA PREGUNTA: Diga usted, cuando duro el hecho? CONTESTO:Unos quince minutos. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, si alguna persona resulto lesionada? CONTESTO: Nadie resulto lesionado. OCTAVA PREGUNTA: Si tiene algo mas que agregar? CONTESTO: No es todo, termino, se leyó y conformes…”
6.- Entrevista tomada a la ciudadana, MAGALY DEL VALLE CAMICO DE MONTERO, quien señala las circunstancias de lugar, modo y tiempo en que suceden los hechos sin embargo se quedo dentro de la entidad bancaria hasta que los sujetos escaparon sin poder ver mas nada.
Puerto Ayacucho, 15 de marzo del año 2012 .
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En esta misma fecha, siendo las: 02:45 horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, previa notificación verbal, una persona que estando juramentada, dijo ser y llamarse como, queda escrito: MAGALY DEL VALLE CAMICO DE MONTERO, de nacionalidad venezolana, natural de Maroa Estado Amazonas, Estado Amazonas, de 44 años de edad, nacida en fecha: 17-12-1.964, portador de la cédula de identidad V- 10.015.217, de estado civil divorciada, profesión u Obrera laborando en La Gobernación del estado Amazonas adscrito a la unagente “LOS INVENCIBLES” en la avenida constitución de esta ciudad, residenciado en: Barrio Cataniapo, Sector LAS TINIEBLAS", detrás de la capilla casa s/n, teléfono: 0426-947-12-43,quien manifestó estar dispuesto a rendir declaración escrita y en consecuencia expone: Aproximadamente a las:10:30 horas de la mañana de hoy, llegue a la oficina del banco CARONI" ubicada en la sede de la Gobernación del Estado Amazonas en esta ciudad, con la finalidad de cobrar, cuando me toco cobra que ella se puso nerviosa y se puso las manos en el pecho, vi que al lado de ella estaba un sujeto, bajo de estatura, de piel morena, de contextura regular, cargaba una pantalón de color verde y una camisa de color azul claro, mangas cortas, estaba agarrando dinero y metiéndolo dentro de una bolsa de las que se usan para hacer mercado la bolsa era de varios colores con un cierre en , la parte de arriba eso fue en la caja uno, luego el sujeto, fue hacia la caja dos y se me hizo raro, le dije a las demás personas que estaban robando el banco, los clientes solo se me quedaron mirando entonces llego un sujeto con un arma corta se me puso al lado y me dijo que me quedara tranquila que a nadie le iba a pasar nada, entonces yo guarde silencio, ese sujeto es alto de estatura, de contextura fuerte, piel morena, cargaba un pantalón blue jeans, camisa mangas largas, con franjas de color negro, luego vi que salieron dos sujetos con la bolsa, uno era el muchacho que vi en la caja acompañado de otro que no había visto, pero en ese no me fije, entonces se fueron, les costo abrir la puerta del banco, me quede dentro del banco, no salí para afuera, no vi nada mas, eso es todo."SEGUIDAMENTE LA, DECLARANTE ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA. PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, lugar, hora, y fecha, en que ocurrió el hecho que narra? CONTESTO: Eso fue en la Avenida Río negro, de esta ciudad, del banco "CARONI", aproximadamente a las: 11:30 horas Si encontraba acompañada en ese momento? CONTESTO :No yo estaba sola, estaba cobrando. TERCERA PREGUNTA: Diga usted, si puede describir que tipo de armas de fuego portaban los ciudadanos mencionados? CONTESTO: Yo vi una sola arma la que tenia el sujeto que se me puso al lado y que me dijo que me quedara tranquila, era un arma negra, pequeña, no vi mas armas, yo no conozco de armas. CUARTA PREGUNTA: Diga usted, si podría reconocer a los sujetos mencionados de verlos nuevamente? CONTESTO: No podría reconocer a ninguno de los sujetos. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, si los sujetos se comunicaron entre ellos nombrándose con apodos o nombres? CONTESTO: Ellos no se hablaron en ningún momento. SEXTA PREGUNTA: Diga usted, cuando duro el hecho? CONTESTO:Unos 20 minutos. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, si alguna persona resulto lesionada? CONTESTO: Nadie resulto lesionado. OCTAVA PREGUNTA: Cuantos ciudadanos eran los que cometieron el hecho? CONTESTO: Yo vi dos sujetos, pero los demás clientes decían que eran cuatro. NOVENA PREGUNTA: Si tiene algo mas que agregar? CONTESTO: No es todo, termino, s e leyó conforme firman…”
7.- Entrevista realizada al funcionario de la Guardia Nacional Teniente FREY GERIK José Enrique, adscrito a los Comandos Rurales Número 09, de la Guardia Nacional donde señala las razones por las cuales procedió a la detención del ciudadano, FRANCISCO ENRIQUE SALAZAR, imputado en el presente asunto, deposición que tiene pertinencia con al acta policial, el acta de inspección técnica número 824 y la entrevista tomada al ciudadano, EUGENIO TORTOZA, y seguidamente indica:
Puerto Ayacucho 15 de Marzo del año del 2012.- En esta misma fecha, siendo las 21:45 horas, compareció por ante este Despacho, el funcionario AGENTE SÁNCHEZ Maike Aureliano, adscrito a esta Sub. Delegación, Tipo "A" Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 1110, 1120 f 1690 Y 3030 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 210 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de haber realizado la siguiente diligencia efectuada en la presente averiguación: "Encontrándome en la sede este despacho, cumpliendo con mis labores de guardia, se presento el funcionario de la Guardia Nacional Teniente FREY GERIK José Enrique, adscrito a los Comandos Rurales Número 09, en compañía del ciudadano ALVAREZ SALAZAR Francisco Enrique, de nacionalidad Venezolana, natural de san Pedro de la Guanipa, Estado Bolívar, fecha de nacimiento 11-06-77, de 34 años de edad, estado ovil: Soltero, de profesión u oficio: Taxista, residenciado en la Comunidad Raudalito de Galipero, en esta ciudad número de teléfono 0426-849.16.35, titular de la cédula de identidad número V-13.518.320, con la finalidad de que esta persona logre reconocer mediante la observación de fotografías sustraídas del video de seguridad de la Agencia Bancaria Banco Caroni, a los sujetos perpetradores de este hecho punible, imágenes captadas en los momentos que se encontraban cometiendo el robo, estas imágenes fueron suministradas por los funcionarios de Seguridad de la Agencia Bancaria antes mencionada, y las mismas guardan relación con la causa penal K-12-0256-00202, que adelanta este despacho por uno de los delitos Contra la Propiedad, una vez vista las fotografías el ciudadano en cuestión en una aptitud nerviosa no logro reconocer a ninguno de las personas señaladas, lo cual es improcedente debido a que se tiene conocimiento que los sujetos investigados no usaron ningún tipo de objeto para cubrir su identidad, como se justifica que tres de ellos estuvieron en su vehículo y no logra reconocer a ninguno, de igual forma y por las investigaciones de campo efectuadas en torno al caso, presumimos que este individuo está implicado en el hecho delictivo que se investiga. Igualmente la información suministrada por esta persona en la forma que fue sometido por tres sujetos en el interior de su vehículo, deja muchos espacios vacíos, motivado a que se tiene conocimiento que este automóvil fue el utilizado para huir del sitio del suceso y el hecho punible fue cometido por cuatro (04) personas, según consta en el video recabado de las cámaras de seguridad de la agencia bancaria, los cuales todos huyeron en el vehículo up supra mencionado, conociendo el modo de operar de estas bandas, cuando retienen un individuo en contra de su voluntad en el interior del vehículo se quedan dos (02) personas, una que hace el rol de chofer y otra que cuida a la persona retenida. Por lo tanto si son cuatro los perpetradores del hecho y se suma que huyeron en el vehículo en cuestión esto nos da una idea que en ese automóvil, deberían de haberse encontrado a bordo siete (07) personas, lo que lo hace muy poco probable que esta situación se haya presentado y la misma no se ajusta al modus operandi de las bandas. Igualmente debido al tamaño pequeño del vehículo, siete (07) personas más las bolsas con el dinero no se ajusta en cuanto a la relación espacio volumen debido a que en estos casos seria que una personas (01) se queda en el vehículo, haciendo las veces de chofer, el cual según las investigaciones se presume fue el ciudadano ALVAREZ Francisco, más los cuatro sujetos perpetradores del hecho, según los videos del banco, lo cual da como resultado, dos personas en los puestos de adelante y tres en los puestos traseros del vehículo, mas el espacio para las bolsas con el dinero, todo esto ajustado a los modus operandí en estos tipos de casos. Por otro lado en trabajo de inteligencia conjunto con los demás organismos, y luego de ser vistas y analizadas las fotografías antes mencionadas, el grupo delictivo que efectuó este hecho es conocido como la banda de "Los Maracayeros", estos individuos no son oriundos de la región, por lo cual deben de contar con una persona experta y conocedora de la zona, capaz de transportarlos por las vías menos congestionadas y fuera de los puntos de control, establecidos por los organismos de seguridad, se le suma además que este ciudadano manifestó a los funcionarios de la Guardia Nacional que lo ubicaron en el sector Andrés Eloy, cuarta Transversal que fue dejado en el interior del vehículo amarrado de pies y manos con cinta adhesiva, lo que le intrigo a los funcionarios fue el lugar donde ellos localizaron a esta persona, el mismo estaba a diez (10) metros del vehículo abandonado y el vehículo se encontraba con las puertas cerradas, por lo cual es poco considerable que en esa situación haya podido abrir y luego cerrar la puerta del vehículo lo que le llama la atención a los funcionarios de la Guardia Nacional de cómo pudo haber llegado esta persona hasta este lugar estando inmovilizado en sus extremidades, conocido todo esto se efectoú llamada telefónica de parte del Jefe de Investigaciones de esta Sub Delegación Sub Comisario RANGEL Leo, a la Fiscal Séptima del Ministerio Público (fiscal de guardia por el día de hoy) de lo antes expuesto! notificándole sobre la detención de este ciudadano. Motivo por el cual siendo las 21:20 horas, y apegados al artículo 117° del Código Orgánico Procesal Penal! le fueron leídos al ciudadano ALVAREZ SALAZAR Francisco Enrique, titular de la cédula de identidad número V-13.518.320, sus derechos establecidos en el artículo 1250 Ejusdem y artículo 49° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales el mismos se negó a firmar una vez culminada esta diligencia se deja constancia en acta. Es todo. Término, se leyó y conforme
7.- Entrevista tomada a la ciudadana, HERNANDEZ DE RINCONES YOLANDA:
Puerto Ayacucho, 16 de Marzo de 2012. En esta misma fecha, siendo las 09: 20 horas de la mañana, compareció ante este Despacho, el Agente de Investigación OLLAVES José, adscrito a esta Sub-Delegación, de este Cuerpo de investigaciones, quien de conformidad con los artículos 1120 y 3030 del Código Orgánico Procesal Penal y en concordancia con los artículos 18 o y 210 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial; En esta misma fecha se presentó previa boleta de citación, una ciudadana quien dijo ser y llamarse como queda escrito: HERNANDEZ DE RINCONES YOLANDA, de nacionalidad Adquirida, natural de Ibagué Departamento Del Tolima ,Colombia de 51 años de edad, nacido en fecha 09-03-60, de profesión u oficio recepcionista en El Hotel Betty, de estado civil Casada, residenciado en San Henrique Sector El Bajo, Estado Amazonas, teléfono 0248-521-56-90, titular de la cédula de identidad número V- 13.714.421, quien estando en conocimiento del hecho que se investiga estando libre de toda coacción, manifestó no tener impedimento alguno en rendir entrevista en relación a las actas procesales signada con la nomenclatura K-12 - 02 56 - 00202, por la comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD (ROBO) y en consecuencia expone: Resulta ser que el día de ayer se presento una comisión del CICPC a mi lugar de trabajo en el hotel Betty, me pidieron la colaboración en relación a un caso y me entregaron una boleta de citación para que me presentara el día de hoy ante este despacho. Es todo". SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADÓ ES INTERROGADO DE LA FORMA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? ocurrió en las instalaciones del Hotel Betty, el cual queda en el Barrio Carabobo, frente a la Caverna del Toro, a eso de las 4:30 horas de la tarde día de ayer 15-03-12 SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted cuanto tiempo tiene laborando en el referido lugar? CONTESTO, "Bueno tengo laborando 10 años en el mismo" .TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuales son los turnos que labora en el HOTEL Betty? CONTESTO: "Bueno yo trabajo el turno de 1: 00 horas de la tarde a las 9: 00 horas de la noche". CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si en el transcurso del mes de Marzo se presentaron algunas personas con actitud sospechosa al C3itado lugar? CONTESTO:"Bueno sinceramente el día lunes 12-03-12 se presentaron seis sujetos en dos vehículos pequeños de color Blanco pero no me fije que marca eran y se hospedaron en las habitaciones 02 y la 22 del Hotel BettY pero ellos decían que eran médicos, provenientes de caracas, los mismo salieron hacer visitas turísticas en la en la zona". QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de cuantas persona labora el dicho hotel? CONTESTO: "Somos cinco empleados en total dos camareras y tres recepcionistas". SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted tiene conocimiento si el Hotel antes mencionado cuenta con algún sistema de seguridad? / CONTESTO: "No solo posee cercado eléctrico pero no posee cámaras de seguridad". SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que clase de personas se hospedan en El Hotel Betty? CONTESTO: "Mayormente se hospedan clientes fijos que tiene tiempo frecuentando el lugar y en temporada se hospedan muchos turistas" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más que agregar a la presente entrevista? CONTESTO:"No. Es todo". Terminó se leyó y estando conformes firma .
8.- Entrevista efectuada a la ciudadana: ACOSTA SUAREZ CARMEN DEXI, quien señaló:
Puerto Ayacucho, 16 de Marzo de 2012. En esta misma fecha, siendo las 11:00 horas de la mañana, compareció ante este Despacho, el Agente de Investigación OLLAVES José, adscrito a esta Sub-Delegación, de este Cuerpo de Investigaciones, quien de conformidad con los artículos 112 o y 3030 del Código Orgánico Procesal Penal y en concordancia con los artículos 18 o y 210 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia policial; En esta misma fecha se presentó previa boleta de citación, una ciudadana quien dijo ser y llamarse como queda escrito: ACOSTA SUAREZ CARMEN DEXI, nacionalidad Adquirida, natural de Villa Vicencio Departamento del meta Colombia, de 47 años de edad, nacido en fecha 20/12/1964, de profesión u oficio Recepcionista en El Hotel Betty del Municipio Atures Puerto Ayacucho, estado amazonas, de estado civil, soltero, residenciado en el Barrio Luisa Cáceres Cruce con Aguerrevere Municipio Atures, Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, teléfono de ubicación 0416 - 645.46.91, titular de la cédula de identidad número E-80.411.432, quien estando en conocimiento del hecho que se investiga y estando libre de toda coacción, manifestó no tener impedimento alguno en rendir entrevista en relación a las actas procesales signada con la nomenclatura K-12¬0256-00202, por la comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD (ROBO) y en consecuencia expone: "Resulta ser que el día de ayer se presento una comisión del CICPC a mi lugar de trabajo en el hotel Betty, dejándome una citación con mi compañera de trabajo de nombre: Yolanda Hernández, trabajo que laboraba para el momento, que se presento la comisión, para Colaborar en relación a un caso para que me presentara el día de hoy ante este despacho. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERRIOGADO DE LA FORMA SIGUIENTE: ¿Diga usted lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: Eso ocurrió en las instalaciones del Hotel Betty, el cual queda en el Barrio Carabobo, frente a la Caverna del Toro, a eso de las 4:30 horas de la tarde del día de ayer 15-03-12". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuánto tiempo tiene laborando en el referido lugar? CONTESTO: "Bueno tengo laborando 20 años en el mismo". TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuales son los turnos que labora en el Hotel Betty? CONTESTO: "Bueno yo trabajo el turno de 9:00 horas de la noche hasta las 06: 00 horas de la mañana, me recibe la ciudadana VIVIANA CASTELLANO, ella labora en el turno de 06: horas de la mañana hasta las 02:00 horas de la tarde, luego recibe la ciudadana YOLANDA HERNANDEZ, el cual trabaja 02: 00 horas de la tarde hasta las 09: 00 horas de la noche". CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si en el transcurso del mes de Marzo se presentaron algunas personas con actitud sospechosa al citado lugar? CONTESTO: "No vi nadie con actitud sospechosa". QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de cuantas persona labora el dicho hotel? CONTESTO: "Somos cinco empleados en total dos camareras y tres recepcionistas". SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el Hotel antes mencionado cuenta con algún sistema de seguridad? CONTESTO,: "No solo posee cercado eléctrico pero no posee cámaras de seguridad. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que personas se hospedan en El Hotel Betty? CONTESTO: "Mayormente hospedan clientes fijos que tiene tiempo frecuentando el lugar en temporada se hospedan muchos turistas" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, el hotel antes mencionado cuenta con servicio de estacionamiento? CONTESTO: la entrada sirve como estacionamiento" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, en estos últimos logro visualizar algún tipo de vehículo aparcado en la del hotel? CONTESTO: "si habían dos carros pequeño uno de gris y el otra era de color azul claro pero desconozco las marca, el cual eran manipulados por varios sujetos que estaban hospedado en el hotel Betty en las habitaciones 02 y 22" DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, las característica fisonómicas de los sujetos? CONTESTO: "solo logre ver a uno de ellos el mismo era de contextura doble, de unos 1. 78 metros de estatura aproximadamente, de 30 años de edad aproximadamente, de tez blanca los demás no lo logre ver bien" DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, agregar algo más que agregar a la presente ata? CONTESTO: "No. Es todo". Terminó se leyó y estando
En cuanto a la condición de lugar, modo y tiempo en que fue aprehendido el imputado considera este juzgado que se adecuaron todas las circunstancias previstas en el artículo 248 del Código Orgánico procesal Penal, para que se determine la detención en flagrancia.
Con relación a la medida aplicable, visto como la pena indicada para el delito de, robo agravado en su límite máximo supera o es igual a los diez años, además por la magnitud del daño causado tratándose de una agresión contra una entidad Bancaria donde generalmente como el caso de autos hay volumen de personas, colocándolas en un estado de peligor bastante importante, lo que se configura en una presunción razonable de peligro de fuga y además, peligro de obstaculización por el temor, de que el imputado pueda influir sobre la declaración de testigos o victimas lo que se adecua a lo previsto en el numeral 2 del artículo 251, numeral 3 (por la magnitud del daño causado) y numeral 2 (inducir o influir sobre testigos o victimas)del artículo 252, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que es procedente dictar, como en efecto se hizo, medida de privación judicial preventiva de libertad contra el imputado de autos.
DISPOSITIVA
Por todas estas razones, de conformidad con los artículos, 250, 251, 252, parte final del artículo 256 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ SALAZAR, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 13.578.320, natural de San Pedro Las Bonita, Municipio Cedeño del Estado Bolívar, 24 años, taxista, donde nació en fecha 11/06/1975, residenciado en la Comunidad Raudalito de Galipero, en la entrada de la comunidad primera casa a mano derecha, eje carretero norte, hijo de Mirian Salazar (v) y de David Álvarez (f), se procede a tomarle las características: Tez negra, cabello negro, crespo, corto, nariz perfilada, labios pequeños, orejas pequeñas, ojos de color negro, contextura gruesa, estatura 1,68 mts, presenta cicatriz en el brazo izquierdo, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio de la Agencia Bancaria Banco Carona.
SEGUNDO. Se decreta la Aprensión en flagrancia del imputado por adecuarse a lo contenido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal de la norma indicada Ut-Supra. Asimismo se acuerda el procedimiento ordinario.
TERCERO: Se dicta contra el ciudadano, FRANCISCO ENRIQUE ALVAREZ SALAZAR, MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que deberá cumplir, en el Centro de detención judicial del Estado Amazonas, mientras se tramita este proceso.
Notifíquese. La Boleta de encarcelación fue emitida para la fecha de celebrarse la audiencia de presentación. Asimismo, la medida se materializó desde la misma sala.
EL Juez Primero de Control
Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO
La Secretaria
Abg. Gershy Matar Chavez
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria
Abg. Gershy Matar Chavez
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