REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, treinta (30) de mayo de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: XP11-L-2012-000009

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: OSCAR HORACIO MENDEZ TINEDO, OSCAR RAMON MENDEZ Y JESSE ISAAS YANEZ CONDE, titulares de las cédulas de Identidad Nros V-23.987.318, V.-12.629.677 y V.- 9.492.535, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ABG. JOSE RAFAEL URBINA, titular de le cédula de identidad N° V.- 13.765.333 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.977.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil Constructora MORAMAR C.A. y solidariamente responsable la Fundación de Edificaciones y Equipamiento Hospitalario (FUNDEEH)

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Por la Constructora MORAMAR C.A, el ABG. JOSE JOVINIANO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° V.- 25.756.223 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 117.760 y por la Fundación de Edificaciones y Equipamiento Hospitalario (FUNDEEH), la ABG. SONIA YAMILEX OROPEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° V.- 11.044.697 e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 140.513.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES DE SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

En el día de hoy miércoles, treinta (30) de mayo del año dos mil doce (2012), siendo las diez horas (10:00:00a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa, por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, con sede en la ciudad de Puerto Ayacucho, Se anunció el acto a las puertas de la Sala de espera de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, por parte del ciudadano alguacil, en voz alta: El ciudadano Juez ordenó verificar la asistencia de las partes, se hace constar que NO COMPARECIÓ la parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, de igual forma se deja constancia de la comparecencia de la representación de la parte demandada.

MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Visto que la acción corresponde a la parte demandante, y por ser esta de su interés legitimo procesal, y en virtud de la incomparecencia del mismo en el momento de celebrarse la audiencia preliminar, demostrando la falta de interés y produciendo los efectos jurídicos establecidos en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: “Si el demandante no comparece a la audiencia preliminar se considerará desistido el procedimiento, terminado el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta, la cual deberá publicarse en la misma fecha.” En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por inasistencia del demandante a la Audiencia Preliminar, quedando terminado el proceso, mediante la presente Sentencia, así mismo no se ORDENA EL ARCHIVO JUDICIAL de la presente causa laboral hasta tanto transcurra el lapso correspondiente para que el demandante ejerza los recursos a que hubiera lugar. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho de este Tribunal a las diez horas con veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.), del día de hoy treinta (30) de mayo de dos mil doce (2012). Año 202º de la Independencia y 153 ° de la Federación.

EL JUEZ

ABG. JUAN MARTINEZ LARA
LA SECRETARIA


ABG. WILAIDY AMAYA