REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

ASUNTO: JMS1-969-

ACTA DE MEDIACIÓN

En horas de despacho del día de hoy 27/05/2011, siendo las 3:00, horas de la mañana, comparecieron por ante este Tribunal de Mediación y Sustanciación los ciudadanos: ORLANDO JOSE PEREZ CORTEZ y DEILY YULIMAR GONZALEZ ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.- 16.767.967 y 20.018.377, a los fines de llevar a cabo la Fase de Mediación de la audiencia preliminar, con ocasión de la demanda que por Fijación de Obligación de Manutención, se ventila en el presente asunto en bienestar del niño: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Se deja constancia de la presencia de la Fiscal Tercera del ministerio Público ABG. SARA DELVALLE UZCATEGUI GONZALEZ. Este Tribunal deja expresa constancia que el Juez explico a las partes en que consiste la mediación, su finalidad y conveniencia y otorgó la palabra a las partes intervinientes, quienes llegaron a los siguientes acuerdos en bienestar del niño: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES : 1.- Cuatrocientos bolívares (Bs. 400,00) mensuales por concepto de obligación de manutención. 2.- Mil Bolívares (Bs. 1.000,00), por concepto de bono navideño, pagaderos en el mes de Diciembre de todos los años, a los efectos de cubrir las festividades navideñas. Asimismo convienen en incrementar los montos anualmente en la misma proporción en que aumente el salario del padre, asimismo, el progenitor asume el 100% de los gastos médicos requeridos por el niño, y solicitan la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Banesco. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: ORLANDO JOSE PEREZ CORTEZ y DEILY YULIMAR GONZALEZ ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.- 16.767.967 y 20.018.377, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio con ocasión de la apertura de la cuenta de ahorros en bienestar del niño Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
LA SECRETARIA ACC,


ABG. YURAIMA GUACHUPIRO.


LAS PARTES

ASUNTO: JMS1-969