REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS



En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de Mayo del año 2012, siendo las 02:30 p.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Fijación de Obligación de Manutención, se lleva en el asunto: JMS1-615(4049), se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, a la hora establecida y se dejó un lapso de espera de quince (15) minutos y no se constató la presencia de las partes del proceso ciudadanos: ESMELI DEL CARMEN LARA TAPO y FRANKLIN MARTIN NOBO MEJÍA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-15.303.893 y 15.079.457. Por tal razón, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso, de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR

EL SECRETARIO,


Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS B.








ASUNTO: JMS1-615 (4049)
MAME/JJC