REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1-938.-
ACTA DE AUDIENCIA DE MEDIACIÓN
En horas de despacho del día de hoy, nueve (09) de mayo del año 2012, siendo las 10:30 a.m, oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Fijación de Obligación de Manutención se lleva en el asunto: JMS1-938; se deja expresa constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado veinte (20) minutos y se constató la comparecencia de la parte accionante del proceso ciudadano: JOSÉ EDILBERTO MORENO RAMOS, colombiano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N°.- E-93.439.017, y la incomparecencia de la parte accionante, ciudadana: NURY YULIETH RENDÓN AGUIRRE, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-1.106.949.471. Se deja constancia de la presencia de la Fiscal tercera del Ministerio Público, especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Abg. SARA GONZÁLEZ UZCÁTEGUI; No obstante, se deja constancia que se efectuó llamada telefónica al número telefónica de la accionante, a los fines de recordar la audiencia, siendo infructuosa la comunicación con la misma; en consecuencia, conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR
EL SECRETARIO,
Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS B.
LA FISCAL 3RA.
ASUNTO: JMS1-938.- MAM/Juan C.-
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