REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 12 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-005466
ASUNTO : XP01-P-2012-005466


Corresponde a ese Tribunal Primero de Control, emitir pronunciamiento respecto a la solicitud formulada por la Abog. Ildenys Santos, en su Carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Publico del Estado Amazonas, por el cual solicita conforme al Articulo 183 de la Ley Orgánica de Drogas, la INCAUTACION PREVENTIVA de un (01) Vehiculo Tipo Moto Marca Tuning, Modelo New Jaguar 150 de Color Rojo, Tipo Paseo Placas SS8Z57D, y la Cantidad de Ochocientos Treinta Bolívares (830,00) en Efectivo retenidos en el procedimiento relacionado con el Presente Asunto.

De la revisión de las actas se advierte que en fecha 31OCT2012, se celebró audiencia en la cual se calificó la Aprehensión en Flagrancia, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, de los ciudadanos YEISON ALBEIRO MAECHA DUQUE, Indocumentado, LUIS EDUARDO MUÑOZ LARA, titular de la cedula de identidad Nº 23.647.180, JONATHAN GONZALEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 21.108.105, y CHARLE JEANPIER FIGUERA, titular de la cédula de identidad Nº 21.789.121, por la presunta comisión del delito de Asociación Para Delinquir, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, Trafico Ilícito De Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de distribución, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Droga; se acordó continuar por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico y se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose que en el procedimiento ejecutado se retuvo un (01) Vehiculo Tipo Moto Marca Tuning, Modelo New Jaguar 150 de Color Rojo, Tipo Paseo, Placas SS8Z57D, y la Cantidad de Ochocientos Treinta Bolívares (830,00); por lo cual, visto el contenido del artículo 183 de la Ley Orgánica de Drogas y el pronunciamiento dictado en la audiencia de presentación, revisada la solicitud fiscal, esta se encuentra ajustada a derecho, en consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la solicitud efectuada y en ese orden se INCAUTA PREVENTIVAMENTE un (01) Vehiculo Tipo Moto Marca Tuning, Modelo New Jaguar 150 de Color Rojo, Tipo Paseo, Placas SS8Z57D y la Cantidad de Ochocientos Treinta Bolívares (830,00), de conformidad con lo previsto en el artículo 183 de la Ley Orgánica de Drogas, por lo cual se acuerda librar las comunicaciones correspondientes a la ONA. Líbrese lo conducente.
Publíquese, regístrese, déjese copia.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

YOSMAR DAILYN ROSALES REQUENA
LA SECRETARIA,

JENNY MANSO