REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS



JMS1-818


ENTREVISTA

En horas de despacho del día de hoy, diecinueve (19) de Octubre de 2012, siendo las 08:30 a.m., comparecieron previa notificación por ante el Juzgado de Mediación y Sustanciación los ciudadanos CARLOS ELIOMAR MENESES BERNAL y LUCELIDA GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-14.408.741 y V-15.499.566, a los fines de llevar a cabo la entrevista pautada para este día con ocasión de tratar asunto relacionado con la deuda sostenida en la presente causa. Quienes una vez presentes en el Despacho fueron impuestos sobre las generalidades de Ley; el ciudadano CARLOS ELIOMAR MENESES BERNAL, expuso lo siguiente: Ciudadano Juez, reconozco la deuda de SIETE MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (7.400,00 Bs.), la cual me comprometo a pagar antes del 31/03/2013, asimismo me comprometo a cancelar las mensualidades fijadas. Es todo”. Seguidamente, tomo la palabra la ciudadana LUCELIDA GARCIA, antes identificada, quien manifestó lo siguiente: “Ciudadano Juez, estoy de acuerdo con lo planteado por el padre de mis hijos siempre y cuando cumpla con las mensualidades. Es todo”. Por las razones antes expuesta. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION al convenio suscrito por el ciudadano, antes mencionado, de conformidad con lo previsto en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Cúmplase. Se termino, le leyó y conformen firman.
EL JUEZ


ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.



LOS COMPARECIENTES

EL SECRETARIO

ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ

Exp. Nº JMS1-818
MAM/JJC/YUSSELY.