REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 9 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2011-003274
ASUNTO : XP01-P-2011-003274


• Abocamiento:

En virtud de los cambios del sistema anual de rotación de los Jueces de Primera Instancia Penal que entra en vigencia a partir del día 09 de Abril de 2012, y por cuanto me fueron asignadas por la Juez Presidente de este Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Dra. Marilyn de Jesús Colmenares, las funciones como JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, mediante oficio Nº 375-12, conforme a lo previsto en los artículos 533 y 536 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que no habiendo impedimento alguno, me ABOCO al conocimiento de la presente causa a los fines de ley.

El Fiscal del Ministerio Público en fecha 07JUN2012, presentó ante este Tribunal a los ciudadanos GENIVER ARDITHIS PERALES MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 12.629.862 y LUIS MIGUEL YUAVE, titular de la cédula de identidad N° V- 17.106.400, por la presunta comisión del delito de evasión de detenido con ayuda de funcionarios tipificado en el articulo 265 Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, ampliamente identificados en autos, oportunidad en la cual se dictaminó lo siguiente:

“…PRIMERO: Vista la solicitud interpuesta por la Fiscal octavo del Ministerio Público Abg. ASTRID GELVES este Tribunal acuerda la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos: GENIVER ARDITHIS PERALES MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 12.629.862 y LUIS MIGUEL YUAVE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 17.106.400, de conformidad con el artículo, A quienes se le imputa por la presunta comisión del delito de evasión de detenido con ayuda de funcionarios tipificado en el articulo 265 Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Este Tribunal acuerda, conforme a la solicitud de la Fiscalía y de la defensa, las Medidas cautelar del artículo 365 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, con presentación cada Quince días por ante la Unidad de Alguacilazgo. TERCERO: Líbrese boleta de Libertad a los ciudadanos: GENIVER ARDITHIS PERALES MEDINA Y LUIS MIGUEL YUAVE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 17.106.400…”

En fecha 27-01-2012, se celebró audiencia de conformidad con las previsiones del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual este Juzgado le fijó un lapso prudencial de 60 días al Ministerio Público, para que dictara el respectivo acto conclusivo.

Ahora bien, visto que se venció el lapso prudencial fijado por este Tribunal y siendo que el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal establece: “...Si vencido los plazos que le hubieren sido fijados, el Fiscal del Ministerio Público no presentare acusación ni solicitare sobreseimiento de la causa, el Juez decretará el archivo de las actuaciones, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta y la condición de imputado. La investigación sólo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización del Juez”, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es decretar el archivo de las actuaciones que conforman la presente causa y ordenar el cese de las medidas cautelares impuesta y su condición de imputado. ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia cesa la condición de imputado de los ciudadanos GENIVER ARDITHIS PERALES MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 12.629.862 y LUIS MIGUEL YUAVE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 17.106.400, a quienes se le imputa por la presunta comisión del delito de evasión de detenido con ayuda de funcionarios tipificado en el articulo 265 Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, así como también cesan de todas las medidas cautelares impuestas por este Tribunal en audiencia de presentación. Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la sentencia.-
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

YOSMAR DAILYN ROSALES REQUENA
LA SECRETARIA,

GERCY MATAR