REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1- 2113
ENTREVISTA
En horas de despacho del día de hoy, catorce (14) de Agosto de 2013, siendo las 11:30a.m., comparecen previa notificación por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, los ciudadanos LEANDRO JAVIER MURILLO HINOJOSA y YOLANDA ADELAIDA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.612.749 y –V-8.946.180 respectivamente, a los fines de sostener una entrevista con el ciudadano Juez, a objeto de manifestar lo conducente en relación a la presente causa Nº JMS1 – 2113 de Homologación de Obligación de Manutención, llevada por este Juzgado a favor del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Quienes una vez presentes en el Despacho del ciudadano Juez, manifestaron lo siguiente: “Ciudadano Juez comparecemos ante usted a los fines de modificar el punto quinto (05) de la presente solicitud; en tal sentido, convenimos en lo siguiente: 1.- En relación a los gastos urgentes y necesarios de médicos y medicinas que nuestro hijo necesite, cada padre aportará el cincuenta por ciento (50%). 2.- En relación a la compra de ropa y/o vestido, la madre se compromete en comprar para el mes de Agosto de cada Año, la ropa que necesite. Igualmente, el padre se compromete a comprar la ropa que el niño necesite en el mes de Diciembre de cada Año. 3.- En cuanto a los zapatos ortopédicos de nuestro hijo, cada padre se compromete en comprar un par, la madre para el mes de Agosto de cada Año y el padre para el mes de Diciembre de cada Año. Es todo”. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: LEANDRO JAVIER MURILLO HINOJOSA y YOLANDA ADELAIDA MARTINEZ, arriba identificados, de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ
Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
LOS COMPARECIENTES:
EL SECRETARIO
Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS.
EXP. Nº JMS1 – 2113
MAME/JJC/Hector.
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