REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
203° y 154°

ACTA DE MEDIACION

ASUNTO: JMSI-046

En horas de Despacho del día de hoy, cinco (05) de Agosto del año 2013, siendo las 11:00 a.m., comparecen previa notificación los ciudadanos: YESENIA MILENA RODRIGUEZ ORTEGA Y APARICIO ANTONIO JIMENEZ FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.611.837 y V-13. 058.163,respectivamente, partes en la causa Nº JMSI-046, de Revisión de Custodia; a los fines de sostener una entrevista en el Despacho del ciudadano Juez, en relación al referido asunto; en consecuencia este Tribunal deja expresa constancia que luego de haber explicado a las partes la finalidad de la mediación, su utilidad y conveniencia, le otorgó la palabra a las partes, quienes llegaron al siguiente acuerdo: “La Custodia continuara ejerciéndola el padre, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 358, y siguiente de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Y adolescentes, la ciudadana progenitora esta conforme”; de igual forma se escucho la opinión del beneficiario de la presente causa el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, “ciudadano Juez, tengo 15 años, estudio en el Colegio “Madre Mazzarello” quiero seguir bajo la custodia de mi papa estoy con el desde hace 6 años, mi mama no me ayuda económicamente a pesar de que trabaja en una empresa en Maracay. Ella me llama es cuando se acuerda y cada tres meses y siempre me promete algo y no cumple; yo me siento bien con mi papa el me ayuda mucho, igual que su esposa, por ello quiero seguir estando con el. Además estoy feliz con toda mi familia de Puerto Ayacucho, mi Abuela, primos y tíos. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: YESENIA MILENA RODRIGUEZ ORTEGA Y APARICIO ANTONIO JIMENEZ FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.611.837 y V-13. 058.163, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ,


ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.

EL SECRETARIO.

ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS B.
.


LOS COMPARECIENTES.













ASUNTO: JMS1-046
MAME/JJC/RHONA