REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-004882
ASUNTO : XP01-R-2013-000050

JUEZA PONENTE: MARILYN DE JESÚS COLMENARES.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
IMPUTADO: WALTER ISAAC NIETO ZAMORA, titular de la cédula de identidad Nº 6.270.240, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, quien nació el 05-10-1968, casado, de 44 años de edad, ocupación u oficio Militar Activo, hijo de Enrique Nieto (v) y Estanislá Zamora de Nieto (v) residenciado en urbanización el centro, residencias las palmas, casa Nº 66, antigua Sudantes, cerca de allí a cuadra y media, Maracay Estado Aragua.

RECURRENTES: Abogado JOSE GREGORIO JORGE GUIA, Fiscal Segundo del Ministerio Público y la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.921.676, en su condición de Victima.
FISCALÍA: Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas.
DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA.
PROCEDENCIA: TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIÓNES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO AMAZONAS.
I
ANTECEDENTES
Visto que en fecha 26AGO2013, se recibió por ante la Secretaría de esta Corte de Apelaciones, oficio signado con el Nº 1.010-2013, suscrito por el abogado Luís Vicente Guevara González, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, mediante el cual remite Recurso de Apelación de Sentencia signado con el Nº XP01-R-2013-000050, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por el Fiscal Segundo del Ministerio Público Abogado JOSE GREGORIO JORGE GUIA, en contra de la decisión dictada en fecha 09AGO2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, mediante la cual se absuelve al ciudadano WALTER ISAAC NIETO ZAMORA, titular de cedula de identidad Nº V-6. 270.240, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, así como el oficio Nº 1.043-2013, suscrito por el abogado Luís Vicente Guevara González, en su carácter antes mencionado, por el cual remite Recurso de Apelación de Auto, signado con el Nº XP01-R-2013-000052, interpuesto por la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.921.676, en su condición de Victima, en contra de la decisión dictada en fecha 09AGO2013, por el mencionado Tribunal, mediante la cual se absuelve al ciudadano WALTER ISAAC NIETO ZAMORA, titular de cedula de identidad Nº V- 6.270.240, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, antes identificada.

Ahora bien, visto que la pretensión de los recursos poseen el mismo objeto, el cual versa sobre la impugnación de la decisión dictada en fecha 09AGO2013, sobre los mismos hechos y las mismas partes, es por lo que esta Corte de Apelaciones, acuerda a los fines de evitar decisiones contradictorias en un mismo proceso, y en virtud de la unidad procesal, ACUMULAR al asunto signado con el Nº XP01-R-2013-000050, el asunto Nº XP01-R-2013-000052, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece: “La acumulación de autos en materia penal se efectuar en cualquier caso en que el criterio judicial dependa de la relación que guardan entre si los varios hechos enjuiciados”. En consecuencia, quedará en estado trámite el asunto Nº XP01-R-2013-000050, dándose por terminado el recurso acumulado a este, previa su corrección de foliatura por secretaría de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se deja constancia que en ambos asuntos la ponencia de acuerdo al Sistema Organizacional Juris 2000, le correspondió a la JUEZA MARILYN DE JESÚS COLMENARES, en consecuencia se mantiene.
II
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, actuando en Sede Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: Se ordena ACUMULAR al asunto signado con el Nº XP01-R-2013-000050, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por el Fiscal Segundo del Ministerio Público ABG. JOSE GREGORIO JORGE GUIA, en contra de la decisión dictada en fecha 09AGO2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, el asunto número: XP01- XP01-R-2013-000052, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.921.676, en su condición de Victima, en contra de la decisión dictada en fecha 09AGO2013, por el mencionado Tribunal; esto de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia de la acumulación, quedara en estado Tramite el recurso XP01-R-2013-000050, contentivo de Recurso de Apelación, ejercido por el Fiscal Segundo del Ministerio Público Abogado JOSE GREGORIO JORGE GUIA, y Recurso de Apelación, ejercido por la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.921.676, en su condición de Victima, en contra de la decisión dictada en fecha 09AGO2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, mediante la cual se absuelve al ciudadano WALTER ISAAC NIETO ZAMORA, titular de cedula de identidad Nº V- 6.270.240, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MAYRA MAESTRE ZAPATA, antes identificada.

Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese un ejemplar en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Cúmplase.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Reuniones de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Veintiocho (28) días del mes de Agosto de Año Dos Mil Doce (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
Jueza Presidenta,

Luzmila Yanitza Mejías Peña

Jueza Ponente Juez



Marilyn de Jesús Colmenares Argenis Utrera Marín



La Secretaria


Maria Alejandra Michelangelli

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,


Maria Alejandra Michelangelli

XP01-R-2013-000050
LYMP/MJC/AOUM/MAM/lbc.-