REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, dieciséis (16) de diciembre de (2.013)
203° y 154°

ASUNTO: JMS1-1699

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, siendo las 08:45 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Custodia, se lleva en el asunto: JMS1-1699, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado quince (15) minutos, se constató la incomparecencia de las partes del proceso ciudadanos: RAMO FRANKI ROSALES Y DORELIS SOLORZANO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.500.807 y V-15.500.337 respectivamente. En tal sentido; de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ


EL SECRETARIO


ABG. HECTOR JOSÉ BRAVO GOMEZ




ASUNTO: JMS1-1699
JC/HB/MAIKER