REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, (09) de Enero del año 2013
202° y 153°


En horas de despacho del día de hoy, nueve (09) de Enero del año 2013, siendo las 08:30.a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación, en el juicio que por Revisión de Obligación de Manutención, se lleva en el asunto: JMS1-1348, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado veinte (20) minutos se constató la incomparecencia de las partes demandante y demandado ciudadanos: PEDRO JOSE AVALO ALCALA Y LEYCY YHONNIKA ROMERO TORCUATO, venezolanos, mayores de edad, y titular de las cédula de identidad Nros V.-19.315.170 Y V-18.506.129; En tal sentido de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Es todo cúmplase.-
EL JUEZ,




Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.

EL SECRETARIO,



Abg. HECTOR JOSE BRAVO GOMEZ.


ASUNTO: JMS1-1348
JJC/HJB/RHONA