REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO ESTADAL Y MUNICIPAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 25 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-006815
ASUNTO : XP01-P-2012-006815


Se recibe ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, actuaciones por las cuales se solicita de conformidad con los artículos 88 al 91 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida libre de Violencia, se dicten las medidas cautelares establecidas en los numerales 1, 7 y 8 del artículo 92 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en contra del ciudadano JULIO CESAR GUEVARA PARRA, titular de la cedula de identidad Nº 11.753.357, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 17/02/1974, de 38 años de edad, natural de San Fernando estado Apure, residenciado en el Barrio la Tigrera calle principal al frente de la pizzería TATA, casa sin numero de color amarillo con verde , numero de teléfono donde puede ser ubicado 0416-839-2552, Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, el cual se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, AMENAZAS y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en los artículos 42, 41 y 50 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana RODRIGUEZ TERESA KATIUSKA.


Ahora bien, el Ministerio Público solicita la imposición de las medidas ut supra, sobre la base de la presunta violación por parte del imputado, de las medidas de protección y seguridad acordadas en la audiencia de presentación celebrada en fecha 12DIC2012, que implican la prohibición de acercamiento a la residencia, sitio de estudio y trabajo y la no realización de actos de persecución y acoso, indicando que la victima compareció al Despacho Fiscal en fecha 22ENE2013, y denunció el quebrantamiento de las medidas en referencia al respecto, estima este Tribunal, que es menester acreditar en autos el incumplimiento de las medidas, por lo cual se ACUERDA requerir al Ministerio Público la remisión del acta de entrevista tomada a la ciudadana RODRIGUEZ TERESA KATIUSKA, en fecha 22ENE2013, en la que señala el incumplimiento de las medidas de protección y seguridad por parte del imputado, y una vez conste tal instrumento, se decidirá el mérito de la solicitud fiscal. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

YOSMAR DAILYN ROSALES REQUENA
LA SECRETARIA

IRIS SALAZAR