REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
SEDE PUERTO AYACUCHO.
Puerto Ayacucho, Veintitrés (23) de Enero de Dos Mil Trece (2013)
202º y 153º
Visto el escrito de pruebas presentado en la incidencia, por la Abogada DIVA LEONOR MAESTRE ZAPATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Numero V-8.947.707, actuando con el carácter acreditado en autos, parte demandante. Este Tribunal pasa a resolver sobre las pruebas promovidas por la parte actora en los siguientes términos:
En cuanto a las pruebas promovidas denominadas “INSTRUMENTALES”, este Juzgado, aun cuando la parte promovente no señala de manera expresa los instrumentos promovidos, se observa en la sentencia interlocutoria de fecha 18 de octubre de 2012, cursante a los folios 08 al 11 del Cuaderno de Medidas, que dichos instrumentos son: copia certificada de Contrato de Arrendamiento, anexo marcado “A”, documento de compra venta de inmueble, celebrado por la ciudadana MAURA ANTONIA ZAPATA DE MAESTRE, a favor de la ciudadana AMARA DEL VALLE MAESTRE ZAPATA, IRAMA COROMOTO MAESTRE ZAPATA y DIVA LEONOR MAESTRE ZAPATA, Copias simple de documento de consignación arrendaticia presentada por el ciudadano SLEIMAN ABDUL KHALEK, promovidos y analizados previamente, se admiten los mismos en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva; Por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténgase los mismos en el expediente y así se decide.
El JUEZ,
ABOGº. TRINO JAVIER TORRES BLANCO
EL SECRETARIO,
ABOG°. CARLOS A. HAY C.
TJTB/CAHC/Alva
Exp. N° 2012-2011-
2052
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