REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, veintisiete (27) de febrero de (2.013)
Años: 202° y 154°

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Tribunal, la anterior solicitud presentada por el ciudadano JOSE ALIRIO CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.080.856, actuando en nombre y representación del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de catorce (14) años de edad y titular de la cedula de identidad N° V-26.985.106, debidamente asistida por la ABG. ODALYS SANDREA en su carácter de Defensora Pública Provisoria mediante la cual solicita le se expedida Autorización Judicial a objeto de que su prenombrado hijo pueda tramitar lo relativo a la expedición del PASAPORTE; en consecuencia, este Tribunal atendiendo la solicitud hecha por el ciudadano JOSE ALIRIO CASTRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.080.856, acuerda expedir la autorización respectiva, a objeto de que tramite todo lo relativo a al obtención del PASAPORTE del prenombrado adolescente. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ

Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR

EL SECRETARIO,


ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BBERMUDEZ








Exp. EXP Nº SOL-JMS1 - 2588
MAME/JJC/Maiker