REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 05 de febrero de 2013
202° y 153°
EXP. N° 2012-6933
DEMANDANTE: DELCY JOSEFINA DELGADO
DEMANDADO: JAIME ANTONIO TOVAR HERNANDEZ
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
ÚNICO
De la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que, el día diez y siete (17) de octubre de dos mil doce (2012), la ciudadana DELCY JOSEFINA DELGADO, titular de la cédula de identidad número V-8.900.060, asistida por el profesional del derecho CHARLES MALDONADO CARRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.904, intentó, ante este Juzgado, demanda de divorcio en contra del ciudadano JAIME ANTONIO TOVAR HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número V-8.554.535. También consta en autos reforma de demanda consignada en fecha 18/10/2012, admitida el día 22 de octubre de 2012. En esta misma fecha, se ordenó librar boleta de citación al demandado y notificación al Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
En fecha 30/10/2012, el alguacil consignó boleta de notificación dirigida al Fiscal Tercero del Ministerio Público.
En fecha 05/11/2012, el alguacil consignó boleta de citación, sin la firma del ciudadano Jaime Antonio Tovar Hernández, dejando constancia de que, en el lugar señalado en el libelo como residencia del demandado, el ciudadano Luís Antonio Delgado, quien afirmó ser cuñado de éste, le informó que el mismo no reside en la dirección indicada.
Pues bien, consta a los autos que el único y ultimo acto procesal realizado por la parte solicitante en el presente juicio, se efectuó el día 18 de octubre de 2012, y que, hasta la presente fecha, 05 de febrero de 2013, han transcurrido tres (03) meses y diez y siete (17) días, sin que se haya efectuado ningún otro acto de impulso procesal por el accionante, conducta procesal que hace aplicable y procedente a lo dispuesto por el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, la declaratoria de perención de la instancia en la presente causa. Así se declara.
DECISION
Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara perimida la instancia iniciada en fecha 18/10/2012, por ante este Juzgado, mediante demanda de divorcio incoada por la ciudadana DELCY JOSEFINA DELGADO, en contra del ciudadano JAIME ANTONIO TOVAR HERNANDEZ.
Notifíquese de la presente decisión a la parte accionante.
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente sentencia. Insértese copia certificada de este fallo en el respectivo copiador de sentencias.
Firmada, sellada y refrendada en el despacho del Juez Titular del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los cinco (05) días del mes de febrero de 2.013.
El Juez Titular,
Abog. MIGUEL ANGEL FERNANDEZ
La Secretaria,
Abog. MERCEDES HERNANDEZ
En esta misma fecha, siendo las 2:30 p.m, se público y registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abog. MERCEDES HERNANDEZ.
Exp. N° 2012-6933.darly
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