REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 27 de Junio 2013
Años: 202° y 154°
EXPEDIENTE Nº: JMS1 – 1548
DEMANDANTE: El ciudadano ALEJANDRO BERNABE PAYEMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.904.439.
DEMANDADOS: Ciudadanos ALEJANDRO JOSE BERNABE LOPEZ, ORIANI JESULIN BERNABE LOPEZ Y MARIA BRISMAR BERNABE LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nrsº V-21.108.458, v-18.505.458 y v-24.677.831.
MOTIVO: Extinción de Obligación de Manutención.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva.
-I-
En fecha 04/06/2.013, se recibió escrito presentado por el ciudadano ALEJANDRO BERNABE PAYEMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.904.439, por medio del cual demando por concepto de Extinción de Obligación de Manutención a los ciudadanos ALEJANDRO JOSE, ORIANI JESULIN Y MARIA BRISMAR, ampliamente identificados.
En fecha 20/06/2013, comparecen los ciudadanos ALEJANDRO BERNABE Y ORIANI BERNABE, antes identificados, quien mediante diligencia manifestaron que aceptaban la Extinción de Obligación de Manutención, en virtud que ya son independientes y no poseen incapacidad alguna para trabajar y estudiar a la vez.
En fecha 25/06/2013, comparece el ciudadano BERNABÉ LÓPEZ ALEJANDRO JOSÉ, manifestó que aceptaba la Extinción de Obligación de Manutención, en virtud que ya puede costear sin ninguna dificultad sus gastos, asimismo consigno copias de las cedulas de identidad de ORIANI JESULIN Y MARIA BRISMAR y su persona.
- II -
En consecuencia, este Juzgado antes de decidir observa lo siguiente:
El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil contempla una de las formas anormales de terminación del proceso refiriendo:
“En cualquier grado y estado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal”
-III-
En tal sentido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al convenimiento manifestado por los ciudadanos ALEJANDRO JOSE, ORIANI JESULIN Y MARIA BRISMAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nrsº V-21.108.458, v-18.505.458 y v-24.677.831, en relación a lo solicitado de Extinción de Obligación de Manutención interpuesta por su progenitor el ciudadano ALEJANDRO BERNABE PAYEMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.904.439.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada por este Juzgado del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los veintisiete (27) días del mes de Junio del año 2013. Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
EL SECRETARIO,
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.
EXP. Nº JMS1 – 1548
MME/JJCB/karelis.-
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