REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

ASUNTO: JMS1-1429

FASE DE MEDIACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy 11/03/2013, siendo las 10:50, horas de la mañana, comparecieron de previa notificación, por ante este Tribunal de Mediación y Sustanciación, la ciudadana BEBIS SOL FIGUEROA CAMICO, venezolana, mayor de edad y portadora de la cédula de identidad Nro.- V-8.948.672 y de la Abogado en ejercicio BETILDE BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.126.477 e inscrita en el inpreabogados bajo el N° 120.919, en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano RUBEN JOSE ACOSTA MIRABAL, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-10.618.878, a los fines de llevar a cabo la Fase de Mediación de la audiencia preliminar, con ocasión de la demanda que por Acción Mero Declarativa de Unión Estable de Hecho, se ventila en el presente asunto. Este Tribunal deja expresa constancia, que el Juez explico a las partes en que consiste la mediación, su finalidad y conveniencia y quienes una vez estando presente en el despacho, se les otorgó la palabra a los referidos ciudadanos y manifestaron lo siguiente: “Ciudadano Juez, reconocemos la existencia de la unión concubinaria entre nosotros, desde el día treinta (30) de Noviembre del año Mil Novecientos Noventa y Seis (1996) hasta el día Quince (15) de Octubre del año Dos Mil Doce (2012). Es Todo”. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por la ciudadana BEBIS SOL FIGUEROA CAMICO, venezolana, mayor de edad y portadora de la cédula de identidad Nro.- V-8.948.672 y de la Abogado en ejercicio BETILDE BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.126.477 e inscrita en el inpreabogados bajo el N° 120.919, en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano RUBEN JOSE ACOSTA MIRABAL, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-10.618.878, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.


LAS PARTES







EL SECRETARIO



ABG. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ








ASUNTO: JMS1-1429
MAME/JC/MM