REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, trece de Marzo del 2013
202° y 153°

AUTORIZACION

Quien suscribe, Abogado MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR, actuando en mi condición de Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por medio de la presente AUTORIZA, a la ciudadana MARIA ALEXANDRA RUIZ SEIJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.044.177, a gestionar todo lo concerniente al cobro de la Alícuota parte de la Póliza de Seguro de Vehículo que le corresponde a su hija, la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de diez (10) años de edad, por ante la Junta Interventora Transeguros C.A., con sede en la Ciudad de Caracas D.C. En tal sentido, deberán remitir a la sede de este Despacho Judicial, la Alícuota parte que corresponde a la beneficiaria, mediante cheque no endosable a nombre de la prenombrada niña, haciendo mención a la solicitud N° JMS1-2626. Todo ello, en virtud de lo contemplado en los artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Venezolano vigente.

Autorización Judicial que se expide a los trece (13) días del mes de Marzo del año 2.013, previa solicitud de parte interesada. Año 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
EL JUEZ,


ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR




SOL. Nº JMS1-2626
MAME/JJC/Maiker

Av. Orinoco, cruce con calle Piar, Edif. San José, Piso 01, Puerto Ayacucho,
Estado Amazonas. Telf.-Fax: (0248 521.05.41).