REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 21 de Marzo 2013.
Años: 202° y 153°
ASUNTO: JMS1- SOL. 1444

ACTA DE ENTREVISTA

En horas de despacho del día de hoy 21 de Marzo de 2013, siendo las 9:30 a.m., comparecen voluntariamente, los ciudadanos: MARIA LIDIA RIVAS FRANCO Y EUGENIO EDUARDO GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nros.- V -13.714.279 y 14.258.320 respectivamente, a los fines de llevar a cabo una entrevista en la presente causa N° JMS1-1444 de Custodia, entre en beneficio de los hermanos GONZALEZ RIVAS, de cuatro (04) y seis (06) años de edad. Por consiguiente, una vez anunciado el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito de Protección del Estado Amazonas, se constató la presencia de los prenombrados ciudadanos, una vez presentes las partes en el Despacho del ciudadano Juez fueron impuestos de las generalidades de Ley. Asimismo, el Juez tomó la palabra y explico a las partes sobre la finalidad, conveniencia y utilidad de la Mediación. Seguidamente, se le concedió la palabra a las partes del proceso, quienes convinieron lo siguiente: “Ciudadano Juez acordamos que el padre tendrá la Custodia de los niños. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: MARIA LIDIA RIVAS FRANCO Y EUGENIO EDUARDO GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nros.- V -13.714.279 y 14.258.320 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ

Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.

LAS PARTES:







EL SECRETARIO


ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS.














ASUNTO: JMS1- 1444
MAME/JC/karelis.