REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
202° y 154

ASUNTO: JMS1-1454.-

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, veinticinco (25) de marzo del año 2013, siendo las 02:20 p.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Extinción de Obligación de Manutención, se lleva en el asunto: JMS1-1454.-, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado quince (15) minutos, se constató la incomparecencia de las partes del proceso ciudadanos: HECTOR RAUL MEDINA RATTIA Y GILMAR RAUL MEDINA AÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.947.631 y V-20.019.762 respectivamente. En tal sentido; de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR





EL SECRETARIO


ABG. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ




ASUNTO: JMS1-1454
MAM/JC/MAIKER