REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, cuatro (04) de Marzo del año 2013
Años: 202° y 154°
Por cuanto ha transcurrido íntegramente el lapso legal para que las partes ejercieran el recurso de regulación de la competencia, este Juzgado acuerda: DECLINAR LA COMPETENCIA por efecto del Territorio, al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, de conformidad con lo establecido en el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que continúe conociendo de la presente solicitud. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ,
ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
EL SECRETARIO
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
EL SECRETARIO
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.
CAUSA Exp. Nº JMS1 –1402
MAME/JJCB/YUSSELY*
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