REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 11 de Marzo de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2011-002407
ASUNTO : XP01-P-2011-002407
De la revisión efectuada por la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función Ejecución de este mismo Circuito Judicial, se observa que en fecha 13FEB13, se le dio entrada al asunto signado con el Nº XP01-P-2011-002407, seguido al imputado FERNANDO JOSÉ GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 20.436.175, dicho ciudadano se encuentra acusado por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal y en la cual fue condenado a cumplir la pena de SEIS MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley. Ahora bien en fecha 02JUL12, se recibió por ante este despacho la causa signada con el numero XJ01-P-2012-000004, seguida al penado FERNANDO JOSÉ GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 20.436.175, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo, en perjuicio del ciudadano Ronald Salcedo y Jovanny Antonio Escalante, más las accesorias de Ley prevista en el articulo 16 del Código Penal Vigente, la cual guarda relación con la causa XJ01-P-2012-000004. Este Tribunal hace las siguientes observaciones: De la revisión de las actas procesales que conforman los expedientes antes enumerados, se observa que el penado de ambas causas es la misma persona, por lo que de conformidad con el artículo 73 primer aparte (ahora 76) del Código Orgánico Procesal Penal, se proceda a la acumulación de la causa XP01-P-2011-002407 a la causa XJ01-P-2012-000004. ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia, Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Ordena la acumulación de la Causa numero XP01-P-2011-002407 de la nomenclatura llevada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a la presente causa XJ01-P-2012-000004, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 73 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal; quedando activo el asunto XJ01-P-2012-000004, y terminado por acumulación el asunto XP01-P-2011-002407, el cual debe ser agregado al asunto activo.- Y así se decide.
SEGUNDO: Se ordena dar cumplimiento a la acumulación ordenada. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION,
ABG. AMERICA ALEJANDRA VIVAS HIDALGO.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA ISABEL RODRIGUEZ.