REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 19 DE MARZO DE 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2010-002258
ASUNTO : XP01-P-2010-002258


Compete a este Tribunal dictar decisión fundada en derecho, en la presente causa seguida a los ciudadanos HENRY ALEXANDER GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-17.418.897, de 35 años de edad, de nacionalidad colombiana, fecha de nacimiento 21/11/1975, de estado civil soltero, residenciado en Barrio las brisas de inárida, Guainía, Colombia; CESAR NARCISO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° E- 17.265.530, de 38 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/11/1969, de estado civil soltero, residenciado en Centro Inárida Guainía Departamento de Guainía, Colombia, ALEJANDRO CHIRIBOLLA CAICEDO, titular de la cédula de identidad N° E-16.493.227 de 36 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/01/1979, de estado civil soltero, residenciado en Barrio los Libertadores Inárida, Departamento de Guainía, Colombia, JAVIER ARÍSTIDES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº E-18.208.895, de 28 años de edad, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 01/01/1985, residenciado en la comunidad matraca Inírida, Departamento de Guainía Colombia, por la presunta comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, POR OCUPACIÓN ILICITA DE UN AREA BAJO REGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL (ABRARE) Y DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJES, previstos y sancionado en los artículos 58 y 43 de la Ley Penal del Ambiente, en contra DEL ESTADO VENEZOLANO, lo cual se hace en los siguientes términos:

Se observa que este Tribunal en audiencia de presentación, dictó decisión por la cual, se decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad a los ciudadanos HENRY ALEXANDER GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-17.418.897, de 35 años de edad, de nacionalidad colombiana, fecha de nacimiento 21/11/1975, de estado civil soltero, residenciado en Barrio las brisas de inárida, Guainía, Colombia; CESAR NARCISO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° E- 17.265.530, de 38 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/11/1969, de estado civil soltero, residenciado en Centro Inárida Guainía Departamento de Guainía, Colombia, ALEJANDRO CHIRIBOLLA CAICEDO, titular de la cédula de identidad N° E-16.493.227 de 36 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/01/1979, de estado civil soltero, residenciado en Barrio los Libertadores Inárida, Departamento de Guainía, Colombia, JAVIER ARÍSTIDES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº E-18.208.895, de 28 años de edad, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 01/01/1985, residenciado en la comunidad matraca Inírida, Departamento de Guainía Colombia, por la presunta comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, POR OCUPACIÓN ILICITA DE UN AREA BAJO REGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL (ABRARE) Y DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJES, previstos y sancionado en los artículos 58 y 43 de la Ley Penal del Ambiente, en contra DEL ESTADO VENEZOLANO.

Posteriormente en Audiencia Preliminar se les decretó a favor de los imputados de marras la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un (01) año, librándoseles boleta de libertad.

Ahora bien, quien aquí decide, observa que de la revisión del presente asunto se evidencia el diferimiento en reiteradas oportunidades de la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones motivado a la incomparecencia injustificada de los acusados de autos ciudadanos HENRY ALEXANDER GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-17.418.897, de 35 años de edad, de nacionalidad colombiana, fecha de nacimiento 21/11/1975, de estado civil soltero, residenciado en Barrio las brisas de inárida, Guainía, Colombia; CESAR NARCISO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° E- 17.265.530, de 38 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/11/1969, de estado civil soltero, residenciado en Centro Inárida Guainía Departamento de Guainía, Colombia, ALEJANDRO CHIRIBOLLA CAICEDO, titular de la cédula de identidad N° E-16.493.227 de 36 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/01/1979, de estado civil soltero, residenciado en Barrio los Libertadores Inárida, Departamento de Guainía, Colombia, JAVIER ARÍSTIDES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº E-18.208.895, de 28 años de edad, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 01/01/1985, residenciado en la comunidad matraca Inírida, Departamento de Guainía Colombia, y, visto que el artículo 310.3 del Código Orgánico Procesal Penal vigente en la actualidad, establece que: “Ante la incomparecencia injustificada del imputado, que este siendo juzgado en libertad, el juez de control de oficio o a solicitud del Ministerio Público, librará la correspondiente orden de aprehensión a los fines de asegurar su comparecencia al acto…”; en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es decretar ORDEN DE APREHENSIÓN a los imputados en referencia. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a los anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN, a los imputados ciudadanos HENRY ALEXANDER GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-17.418.897, de 35 años de edad, de nacionalidad colombiana, fecha de nacimiento 21/11/1975, de estado civil soltero, residenciado en Barrio las brisas de inárida, Guainía, Colombia; CESAR NARCISO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° E- 17.265.530, de 38 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/11/1969, de estado civil soltero, residenciado en Centro Inárida Guainía Departamento de Guainía, Colombia, ALEJANDRO CHIRIBOLLA CAICEDO, titular de la cédula de identidad N° E-16.493.227 de 36 años de edad, de nacionalidad Colombiana, fecha de nacimiento 14/01/1979, de estado civil soltero, residenciado en Barrio los Libertadores Inárida, Departamento de Guainía, Colombia, JAVIER ARÍSTIDES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº E-18.208.895, de 28 años de edad, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 01/01/1985, residenciado en la comunidad matraca Inírida, Departamento de Guainía Colombia, por la presunta comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, POR OCUPACIÓN ILICITA DE UN AREA BAJO REGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL (ABRARE) Y DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJES, previstos y sancionado en los artículos 58 y 43 de la Ley Penal del Ambiente, en contra DEL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 310.3 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia de un ejemplar de la presente en el copiador de sentencias interlocutorias de este tribunal. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Cúmplase.

Dada, Firmada y Sellada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, lugar desde donde despacha el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas. En Puerto Ayacucho a los diecinueve (19) días del mes de Marzo de Dos Mil Trece (2013).
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. JOHANNA LA ROSA BRITO
LA SECRETARIA

ABG. GERCY MATAR