REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, tres (03) de mayo de (2.013)
Años: 203° y 154°

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Tribunal, la anterior solicitud presentada por los ciudadanos DENIS ALI LA ROSA MARTÍNEZ Y MAURA MARCELA BRITO DE LA ROSA venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.902.796 y V-8.197.527 respectivamente, actuando en nombre y representación del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de tres (03) años de edad, mediante la cual solicita le se expedida Autorización Judicial a objeto de que el prenombrado niño pueda tramitar lo relativo a la expedición del PASAPORTE; en consecuencia este Tribunal atendiendo la solicitud hecha por los ciudadanos antes mencionados, acuerda 1.- Expedir la autorización respectiva, a objeto de que tramiten todo lo relativo a al obtención del PASAPORTE del prenombrado niño, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 2.- Expedir las copias certificadas solicitadas, conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ

Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR

EL SECRETARIO,


ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BBERMUDEZ



Exp. EXP Nº SOL-JMS1 -2771
MAME/JJC/Maiker