REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Edo. Amazonas
Puerto Ayacucho, 29 de Noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2013-005012
ASUNTO : XP01-P-2013-005012
AUTO ACEPTANDO COMPETENCIA DECLINADA
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en relación a la declinatoria de competencia realizada por el Tribunal Tercero de Control en razón de la conexidad, de la presente causa seguida en contra del ciudadano ALVAREZ CADENA JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-17.106.327, con la causa XP01-P-2013-004805, cursante ante este Tribunal de Control.
El Tribunal Tercero de Control, ha fundamentado la declinatoria de competencia en los siguientes términos:
“…Se observa que en fecha 08NOV2013, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función Control de este Circuito Judicial, recibió Expediente signado con el N° XP01-P-2013-005012, seguido al imputado ALVAREZ CADENA JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-17.106.327, procedente de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, siendo celebrada la audiencia de presentación de imputado en fecha 08NOV2013, en la cual se decretó el Procedimiento Ordinario, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (occisos); previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem y Medida Cautelar, consistentes en la presentación cada 3 días, por ante la unidad de alguacilazgo de conformidad con lo establecido en el articulo 242.3, Del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien de la referida audiencia, se evidenció que los hechos por los cuales fue presentado el imputado por ante este el Tribunal, guardan relación con los hechos que cursan por ante el Tribunal Primero de Control Circunscripcional, en el asunto signado con el Nº XP01-P-2013-004805. El artículo 73 numeral 1, establece que son delitos conexos aquellos en cuya comisión han participado dos o más personas cuando el conocimiento de las respectivas causas corresponda a diversos tribunales. Así mismo el artículo 74 ejusdem reza lo siguiente: “Competencia. El cnocimiento de los delitos conexos corresponde a uno solo de los tribunales competentes. Son tribunales competentes según su orden para el conocimiento de las causas por delitos conexos: 1. El del territorio donde se haya cometido el delito que merezca mayor pena; 2. El que debe intervenir para juzgar el que se cometió primero, en el caso de los delitos que tengan señalada igual pena”. Del mismo modo, el artículo 75 ejusdem reza lo siguiente: “La prevención se determina por el primer acto de procedimiento, cualquiera sea su naturaleza, que se realice ante un tribunal”. En este orden de ideas, cabe resaltar que la causa que cursa por ante el Tribunal Tercero de Control de esta Circunscripción Judicial seguida contra el imputado ALVAREZ CADENA JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-17.106.327, es por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (occisos), delito éste que guarda relación con la causa seguida por ante el Tribunal Segundo de Control Circunscripcional signada con el Nº XP01P-2013-004805, seguida a los 01- YEFERSON JOSE CASTILLO MAQUINURE, titular de la cédula de identidad Nº 24.127.880, 02- LUIS CARLOS HERRERA HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad Numero V.- 21.312.847, 03- ROANIS OSCAR DACOSTA LOMBANA , de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 26.754.780, 04- JUAN CARLOS FLORES TORREALBA, titular de la cédula de identidad V.- 21.107.697, 05- LUIS GUSTAVO CORTEZ CORREA, titular de la cedula de identidad Nº V – 18.835.577, 06- ADRIAN BENJAMIN PINZON REQUENA, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.754.823, 07- HAISSAN RAFAEL HIDALGO TRIGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.352.086, 08- ABNER JACOB RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.073.202, 09- WILKAR YOHAISEN GUAPE, titular de la cedula de identidad V-19.805.415, 10- ANDY RAFAEL FLORES TORREALBA, nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 25.552.448, 11- JORGE RAFEL FARFAN, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.662.640 , nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 25.552.448, 12- CARLOS ALFREDO CASTILLO PEREA, nacionalidad venezolana, titular de cedula de identidad Nº V- 20.436.150, 13- ANTONIO CRISTIAN RIVAS OSORIO, nacionalidad venezolana, titular de cedula de identidad Nº V- 21.547.188, 14- REYDIN JESUS GARCIA CAMICO, titular de la cedula de identidad Nº V- 22.933.054, 15- KEYBER ANTONIO RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº V- 16- RONAL CORDOBA, titular de la cedula de identidad Nº V- 27.640.233, 17- MIGUEL ANGEL VILLAMIZAR de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 26.433.123, 18-LEONEL ARAUJO YAVINAPE, titular de la cédula de identidad V.- 20.720.119, 19- RAFAEL ELIAS BRITO, titular de la cédula de identidad V.- 21.549.535, 20- JHON ALFREDO HERMOSO, titular de la cédula de identidad V.- 20.019.848 21- LUIS JOSE GONZALEZ SAN MARTIN, manifestando ser: de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.668.702, 22- GREGORY MANUEL MERIDA BLANCO, Titular de la cedula de Identidad 20.437.869, 23-OSCAR RAUL ORTEGA ORTEGA, titular de la cédula de identidad 23.647.927 24-MADIXON KEINOR BRITO CAÑA, titular de la cédula de identidad V.- 26.083.908, 25- ARTURO YHONNY CASTRO ROCHE, titular de la cédula de identidad Nº 20.629.050, 26- FABIO OMAR ANTONIO DE JESUS CORO venezolano, Titular d e la cedula de Identidad Nº 21. 108.304; 27- JESUS MANUEL COVA SANDOVAL, titular de la cedula de identidad N° 17.105.631, 28- JAVIER EDUARDO DIAZ CARIBAN, titular de la cedula de identidad N° V- 24.127.154, 29-MIGUEL GUSTAVO ESAA CORONADO, titular de la cédula de identidad Nº 25.054.393, 30- KEVIN JUNIOR GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° 20.019.029, 31-JOSEPH MICHAEL GONZALEZ SANMARTIN, venezolano, natural de Margarita, titular de la cédula de identidad Nº 26.542.041, 32- JHONNY RIGOBERTO HENRIQUEZ GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 23.985,173, 33-LUICIEL JESUS ANTONIO ALBORNOZ SOTILLO, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.018.749, 34-SATLIN WILLIBALDO MARIÑO VIDA, titular de la cedula de identidad Nº 15.304.593, 35- YOFRE GERARDO MAROA CAMICO, titular de la cédula de identidad 22.932.913, venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas fecha de nacimiento 23-06-1994, de 19 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio estudiante de la Simón Rodríguez madre FELICIA CAMICO (v), padre YOFRE ALIRIO GERARDO MAROA (V), residenciado actualmente en Barrio Ajuro, cerca de la posada Turística donde queda un autolavado, casa de color azul, 36- ALEXIS OMAR MORILLO. Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.545.332, 37-RICHARD ROBERTO PEREZ COLMENARES, titular de la cedula de identidad N° V- 14.694.122, 38- PEREZ GARCIA YORQUIS JESUS Titular de la cedula de Identidad 25.054.773 39-VICTOR AUGUSTO RODRIGUEZ NAVAS, titular de la cedula 21.108.808; 40-JOSE ALIRIO SANCHEZ EVARISTO, titular de la cédula de identidad N° 21.107.126, 41-ERICK EDUARDO SANCHEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 20.437.207, 42-ILDER GREGORIO SILVA CUELLO, titular de la cedula de identidad N° 21.549.337, 43-LENIEL DAMIL VIDA TORRES titular de la cedula de identidad V-19.352.525, 44- HENNRY ALEJANDRO CLARIN, titular de la cedula de identidad V-26.184.230, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (Occisos); previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem. Así mismo se puede constatar por el Sistema Juris 2000 que la fecha del auto de entrada del asunto XP01-P-2013-004805, es del 24OCT2013 y la audiencia de presentación de imputados fue el día 30OCT2013, y en cuanto al asunto XP01-P-2013-005012, que cursa por ante este Juzgado Tercero Circunscripcional, tiene auto de entrada de fecha 08NOV2013 y la audiencia de presentación de calificación de flagrancia fue efectuada el 08NOV2013, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es DECLINAR LA COMPETENCIA del conocimiento del asunto seguido contra el imputado ALVAREZ CADENA JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-17.106.327, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (occisos); previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem por ante este Tribunal; en el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 73.1, 74 y 75 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE..”
Así las cosas, observa este Tribunal Primero de Control, que ciertamente ante este Tribunal cursa el asunto el Nº XP01-P-2013-004805, seguida a los 01- YEFERSON JOSE CASTILLO MAQUINURE, titular de la cédula de identidad Nº 24.127.880, 02- LUIS CARLOS HERRERA HERNANDEZ, titular de la Cédula de identidad Numero V.- 21.312.847, 03- ROANIS OSCAR DACOSTA LOMBANA , de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 26.754.780, 04- JUAN CARLOS FLORES TORREALBA, titular de la cédula de identidad V.- 21.107.697, 05- LUIS GUSTAVO CORTEZ CORREA, titular de la cedula de identidad Nº V – 18.835.577, 06- ADRIAN BENJAMIN PINZON REQUENA, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.754.823, 07- HAISSAN RAFAEL HIDALGO TRIGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.352.086, 08- ABNER JACOB RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.073.202, 09- WILKAR YOHAISEN GUAPE, titular de la cedula de identidad V-19.805.415, 10- ANDY RAFAEL FLORES TORREALBA, nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 25.552.448, 11- JORGE RAFEL FARFAN, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.662.640 , nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 25.552.448, 12- CARLOS ALFREDO CASTILLO PEREA, nacionalidad venezolana, titular de cedula de identidad Nº V- 20.436.150, 13- ANTONIO CRISTIAN RIVAS OSORIO, nacionalidad venezolana, titular de cedula de identidad Nº V- 21.547.188, 14- REYDIN JESUS GARCIA CAMICO, titular de la cedula de identidad Nº V- 22.933.054, 15- KEYBER ANTONIO RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº V- 16- RONAL CORDOBA, titular de la cedula de identidad Nº V- 27.640.233, 17- MIGUEL ANGEL VILLAMIZAR de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 26.433.123, 18-LEONEL ARAUJO YAVINAPE, titular de la cédula de identidad V.- 20.720.119, 19- RAFAEL ELIAS BRITO, titular de la cédula de identidad V.- 21.549.535, 20- JHON ALFREDO HERMOSO, titular de la cédula de identidad V.- 20.019.848 21- LUIS JOSE GONZALEZ SAN MARTIN, manifestando ser: de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.668.702, 22- GREGORY MANUEL MERIDA BLANCO, Titular de la cedula de Identidad 20.437.869, 23-OSCAR RAUL ORTEGA ORTEGA, titular de la cédula de identidad 23.647.927 24-MADIXON KEINOR BRITO CAÑA, titular de la cédula de identidad V.- 26.083.908, 25- ARTURO YHONNY CASTRO ROCHE, titular de la cédula de identidad Nº 20.629.050, 26- FABIO OMAR ANTONIO DE JESUS CORO venezolano, Titular d e la cedula de Identidad Nº 21. 108.304; 27- JESUS MANUEL COVA SANDOVAL, titular de la cedula de identidad N° 17.105.631, 28- JAVIER EDUARDO DIAZ CARIBAN, titular de la cedula de identidad N° V- 24.127.154, 29-MIGUEL GUSTAVO ESAA CORONADO, titular de la cédula de identidad Nº 25.054.393, 30- KEVIN JUNIOR GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° 20.019.029, 31-JOSEPH MICHAEL GONZALEZ SANMARTIN, venezolano, natural de Margarita, titular de la cédula de identidad Nº 26.542.041, 32- JHONNY RIGOBERTO HENRIQUEZ GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 23.985,173, 33-LUICIEL JESUS ANTONIO ALBORNOZ SOTILLO, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.018.749, 34-SATLIN WILLIBALDO MARIÑO VIDA, titular de la cedula de identidad Nº 15.304.593, 35- YOFRE GERARDO MAROA CAMICO, titular de la cédula de identidad 22.932.913, venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas fecha de nacimiento 23-06-1994, de 19 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio estudiante de la Simón Rodríguez madre FELICIA CAMICO (v), padre YOFRE ALIRIO GERARDO MAROA (V), residenciado actualmente en Barrio Ajuro, cerca de la posada Turística donde queda un auto lavado, casa de color azul, 36- ALEXIS OMAR MORILLO. Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.545.332, 37-RICHARD ROBERTO PEREZ COLMENARES, titular de la cedula de identidad N° V- 14.694.122, 38- PEREZ GARCIA YORQUIS JESUS Titular de la cedula de Identidad 25.054.773 39-VICTOR AUGUSTO RODRIGUEZ NAVAS, titular de la cedula 21.108.808; 40-JOSE ALIRIO SANCHEZ EVARISTO, titular de la cédula de identidad N° 21.107.126, 41-ERICK EDUARDO SANCHEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 20.437.207, 42-ILDER GREGORIO SILVA CUELLO, titular de la cedula de identidad N° 21.549.337, 43-LENIEL DAMIL VIDA TORRES titular de la cedula de identidad V-19.352.525, 44- HENNRY ALEJANDRO CLARIN, titular de la cedula de identidad V-26.184.230, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (Occisos); previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem.
En el mismo orden se observa que en fecha 24OCT2013 se le dio entrada y la audiencia de presentación de imputados fue el día 30OCT2013, en consecuencia, siendo los mismos delitos y los mismos hechos resulta evidente la conexión de las causas y se advierte que efectivamente este Tribunal previno al ser el primero en conocer, en consecuencia se ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA del conocimiento del asunto seguido contra el imputado ALVAREZ CADENA JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-17.106.327, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (occisos); previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem por ante este Tribunal; en el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 73.1, 74 y 75 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se acuerda ACUMULAR el presente expediente al asunto XP01-P-2013-004805. Y ASÍ SE DECIDE..”
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA del conocimiento del presente asunto seguido contra el imputado ALVAREZ CADENA JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-17.106.327, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de los ciudadanos JEISON A. GOMEZ, OMAR DE JESUS ORTEGA, JHONNY A. ACOSTA, REINNER R. RENGIFO, YON M. CAICEDO, ROMMER R. RENGIFO. (occisos); previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el articulo 424 ejusdem, en el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 73.1, 74, 75 y 78 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda ACUMULAR de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del Decreto con Rango, Fuerza y Valor de Ley del Código Orgánico Procesal Penal el presente asunto al asunto XP01-P-2013-004805, seguido a los ciudadanos ut supra identificados y preservar tal nomenclatura.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los 29 días del mes de Noviembre del año dos mil Trece (2013).203° años de la Independencia y 154° años de la Federación.
LA JUEZA DE CONTROL N° 1
YOSMAR DAILYN ROSALES REQUENA
LA SECRETARIA
ABG. VILSABETH ARROYO HERMOSO
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