REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
203° y 154°

ASUNTO: JMS1-1618

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, veintiuno (21) de octubre del año 2013, siendo las 08:45 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Régimen de Convivencia Familiar se lleva en el asunto: JMS1-1618, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal y se constató la incomparecencia de la parte demandante, ciudadano RUBEN DARIO ÁVILA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.777.319 y de la presencia de la parte accionada del proceso ciudadana: ADELFINA DEL CARMEN CANZINE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- V.-17.791.078, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR


LA ACCIONADA


EL SECRETARIO,


Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ



ASUNTO: JMS1-1618
MAM/JJC/MAIKER