REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
203° Y 154°
ASUNTO: JMS1-1598

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, siete (07) de octubre del año 2013, siendo las 10:45 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Fijación de Obligación de Manutención se lleva en el asunto: JMS1-1598, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, dejándose transcurrir un lapso de 15 minutos, se constató la incomparecencia de la parte actora del proceso, ciudadana DRISMAR CAROLINA PULGAR DÍAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-19.055.830 y la presencia de la parte accionada del proceso ciudadano ROSALBO RAFAEL PINEDA OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- V.-19.432.565, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR
EL ACCIONADO

EL SECRETARIO,


Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ
ASUNTO: JMS1-1598
MAME/JJC/MAIKER