REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

ASUNTO: JMS1- 1624

ACTA DE AUDIENCIA DE MEDIACIÓN


En horas de despacho del día de hoy, nueve (09) de Octubre de 2013, siendo las 2:00p.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio que por Fijación de Obligación de Manutención, llevado en el asunto: JMS1-1624, se deja expresa constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal a la hora establecida, y luego de haber esperado quince (15) minutos, se constató la incomparecencia de los ciudadanos RAMON ALEXIS REINOSO CASTEJON y MARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-13.644.233, y V-17.106.832 respectivamente; partes de la causa. En tal sentido; de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ

Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
EL SECRETARIO


Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS.

EXP. Nº JMS1 – Sol. 1624
MAME/JJC/Jhon.-j