REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
EN SU NOMBRE

Puerto Ayacucho, 23 de Octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000623

Corresponde a este Tribunal Tercero de Control, dictar auto fundado en la presente causa, de conformidad con el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de haber finalizado el plazo fijado para el cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso al acusado JOSE DAVID INFANTE PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 15.246.869, (datos filiatorios omitidos por el Tribunal) a tal efecto este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

A los fines de resolver, este Tribunal previamente observa:

Consta en actas que al ciudadano JOSE DAVID INFANTE PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 15.246.869, (datos filiatorios omitidos por el Tribunal), en fecha 07FEB2011, le fue otorgado el Plazo de la Suspensión Condicional del Proceso, por un lapso de UN (01) AÑO, debiendo cumplir las siguientes condiciones: 1.- Residir en un lugar determinado, en caso contrario debe comunicar al Tribunal, o si se separa debe comunicar también al Tribunal. 2.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes, así como ingerir debidas alcohólicas. 3.- Deberán Repartir 50 trípticos cada uno el cual la Fiscal Séptima se los entregaran a lo fines de cumplir con está condición. 4.- Presentarse por ante la UTASP N° 10 de este Circuito Judicial a los fines de que se le indique el cumplimiento de la presentación, dicha condicione será por el lapso de UN (1) AÑO. 4.- Deberá Realizar un Curso en la institución INCES- AMAZONAS, cada uno y presentar ante el Tribunal la finalización. 6 Así como la donación de una (01) Cámara fotográfica como oferta para re4páración del año el cual harán entrega en la Fiscalia Séptima..., por la comisión del delito USO Y MANEJO DE SUSTANCIAS, MATERIALES O DESECHOS CLASIFICADOS COMO PELIGROSOS, previsto y sancionado en el art. 82 numeral 1 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos en Concordancia con el Art. 9 numeral 22 ejusdem

Así las cosas, y de las actas que cursan en el expediente se evidencia que el acusado de autos cumplió con las condiciones impuestas por el tribunal; en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es decretar, como en efecto se hace, el Sobreseimiento de la Causa a favor de JOSE DAVID INFANTE PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 15.246.869, (datos filiatorios omitidos por el Tribunal), por la comisión del delito de USO Y MANEJO DE SUSTANCIAS, MATERIALES O DESECHOS CLASIFICADOS COMO PELIGROSOS, previsto y sancionado en el art. 82 numeral 1 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos en Concordancia con el Art. 9 numeral 22 ejusdem, conforme al artículo 300.3.5 concatenado con el 361 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

En otro orden de ideas y visto que en fecha 14ABR2013, se había librado Orden de Captura en contra del ciudadano JOSE DAVID INFANTE PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 15.246.869, y en razón al sobreseimiento que hoy se decreta, es por lo que se ACUERDA dejar SIN EFECTO la orden de captura librada en contra del referido ciudadano. Líbrense los oficios correspondientes
DISPOSITIVA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a JOSE DAVID INFANTE PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 15.246.869, (datos filiatorios omitidos por el Tribunal), por la comisión del delito de USO Y MANEJO DE SUSTANCIAS, MATERIALES O DESECHOS CLASIFICADOS COMO PELIGROSOS, previsto y sancionado en el art. 82 numeral 1 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos en Concordancia con el Art. 9 numeral 22 ejusdem, conforme al artículo 300.3.5 concatenado con el 361 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: se ACUERDA dejar SIN EFECTO la orden de captura librada en fecha 14ABR2013, en contra del referido ciudadano

Publíquese, regístrese, y déjese copia de la sentencia
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los 23 días del mes de Octubre del año dos mil Trece (2013).202° años de la Independencia y 154° años de la Federación.
EL JUEZ

ABG. ARGENIS O. UTRERA MARIN
LA SECRETARIA

ABG. PRISCI ACOSTA



ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000623