REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
AUTO DE ABOCAMIENTO.-
Por cuanto fui trasladada del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, al Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Amazonas, como Jueza Provisoria, según Oficio CJ-13-2698, de fecha 29 de Julio de 2013, realizada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y debidamente juramentada en fecha 19 de Agosto de 2013, por ante la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a los fines de garantizar al solicitante los principios referidos a la certeza y seguridad procesal en concordancia con tutela judicial efectiva estatuida en el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, se hace saber que la causa continuara su curso legal al cuarto (4°) día de despacho siguiente al día de hoy, ello conforme a lo dispuesto en el articulo 90 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. IVETI T. LÓPEZ O.
EL SECRETARIO
ABG. NOEL I. NARVAIZA G.