REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, seis (06) de agosto de (2.014)
204° y 155°
ASUNTO: SOL-JMS1-3796

ACTA DE AUDIENCIA UNICA

En horas de Despacho del día de hoy, siendo las 11:45 a.m., y estando en la oportunidad procesal para llevar a cabo la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria de conformidad con lo establecido en el artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la Solicitud que por Rectificación de Partida de Nacimiento, se lleva en el asunto: SOL-JMS1-3796, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte solicitante, ciudadana YAFRAIZA ESTEFANIA PAREJO FEBRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.844.820. En tal sentido; aplicando análogamente el contenido del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR


LA SECRETARIA


ABG. IRIS ALIET BASTIDAS CASTRO

ASUNTO: SOL-JMS1-3796 (R.P.N)
MAME/IABC/MAIKER