REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, diecisiete (17) de enero de 2014
203° y 154°
AUTORIZACION
Quien suscribe, Abogado JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ, actuando en mi condición de Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por medio de la presente AUTORIZO, al ciudadano SAMUEL PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.173.285, para que gestione lo todo conducente al cobro de Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Ley de Política Habitacional, Caja de Ahorros, Seguro Social Obligatorio y demás activos, que le correspondan a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.754.878, V-27.901.875 y V-24.678.415 respectivamente, de catorce (14), doce (12) y diecisiete (17) años de edad respectivamente, por ser Heredero de la de cujus RAFAELA PEREZ DE PEREZ, quien fuera, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-10.920.796, y falleciera Ab-Intestato. En tal sentido, deberán remitir a la sede de este Despacho la alícuota parte de los beneficiarios mediante cheque no endosable a nombre de los adolescentes, haciendo mención a la solicitud Nº JMS1- 3341, a los fines pertinentes. Todo ello, en virtud de lo contemplado en los artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Venezolano vigente.
Autorización Judicial que se expide a los diecisiete (17) días del mes de enero del año 2.014, previa solicitud de parte interesada. Año 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.
EXP. Nº SOL-JMS1 - 3341
JJC/HB//MMaiker
Av. Orinoco, cruce con calle Piar, Edif. San José, Piso 01, Puerto Ayacucho,
Estado Amazonas. Telf-Fax: (0248 521.05.41).
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