REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 08 de Enero de (2.013)
203° y 154°

Acta de la Audiencia Preliminar

En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de Enero del año 2013, siendo las 09:30.a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Sustanciación de la Audiencia Prelimitar, en el juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCION, que se lleva en el asunto: JMS1-1623, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado veinte (20) minutos se constató la incomparecencia de los ciudadanos DANIA YELIN MORILLO YURIYURI Y IVAN RAFAEL ROJAS RODRIGUEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, y titular de las cédula de identidad Nros V.-15.955.423, y V-13.558.031; En tal sentido de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción judicial del Estado amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Una vez quede firme la presente Sentencia confórmese en Legajo y remítase al archivo Regional Inactivo en el lapso correspondiente. Es todo cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.


EL SECRETARIO,


ABG. HECTOR JOSE BRAVO GOMEZ.





ASUNTO: JMS1-1623
JJC/HJB/RHONA