REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, tres (03) de julio de 2014
204° y 155°

AUTORIZACION

Quien suscribe, Abogado MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR, actuando en mi condición de Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por medio de la presente AUTORIZA, a la ciudadana NORA AMELIA ESCOBAR DE IZAGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.949.466, para que gestione todo lo conducente al cobro de Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Ley de Política Habitacional, Caja de Ahorros, Seguro Social Obligatorio y demás activos, que le correspondan al niño y la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido con el artículo 65 de la ley orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de cuatro (04) y diecisiete (17) años de edad respectivamente, por ser Herederos del de cujus RENNY JOSE IZAGUIRRE ACOSTA, quien fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-12.628.137, y falleciera Ab-Intestato. En tal sentido, deberán remitir a la sede de este Despacho la alícuota parte de los beneficiarios mediante cheque no endosable a nombre de los referidos hermanos, haciendo mención a la solicitud Nº JMS1- 3770, a los fines pertinentes. Todo ello, en virtud de lo contemplado en los artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Venezolano vigente.

Autorización Judicial que se expide a los tres (03) días del mes de julio del año 2.014, previa solicitud de parte interesada. Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ

ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.



EXP. Nº SOL-JMS1-3770 (A.J)
MAME/JC/IRIS

Av. Orinoco, cruce con calle Piar, Edif. San José, Piso 01, Puerto Ayacucho,
Estado Amazonas. Telf.-Fax: (0248 521.05.41).