REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


ASUNTO: JMS1-3357

ACTA

En horas de despacho del día de hoy 05/06/2014, siendo las 8:30, horas de la mañana; se deja constancia que comparecieron previa notificación por ante este Tribunal de Mediación y Sustanciación los ciudadanos: JOSE LEONARDO GUILLEN RODRIGUEZ y NILDA ESPERANZA ESTRADA ESTRADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.-V-10.924.989 y V-16.767.541 respectivamente, a los fines de llevar a cabo una entrevista en presencia del Ciudadano Juez, en relación a la presente causa por motivo de Régimen de Convivencia familiar, en beneficio de las hermanas DENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES. Este Tribunal deja expresa constancia que el Juez explico a las partes la finalidad de la mediación, su utilidad y conveniencia, le otorgó la palabra a las partes, quienes llagaron al siguiente acuerdo; El Padre buscara a las niñas los días Viernes a la 6:00 p.m. pernotando y las retornara al hogar de la madre el día Domingo a las 7:00pm. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: JOSE LEONARDO GUILLEN RODRIGUEZ y NILDA ESPERANZA ESTRADA ESTRADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.-V-10.924.989 y V-16.767.541 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se termino siendo las 09:30 a.m. se leyó y conformen firman.
EL JUEZ,



ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.


EL SECRETARIO DE SALA,



ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.







LAS PARTES








MAME/JJC/Yussely*