REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 06 de Junio del 2014
204° y 155°
AUTORIZACION
Quien suscribe, Abogado MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR, actuando en mi condición de Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por medio de la presente AUTORIZO, al ciudadano RICHARD EDUARDO BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.903.019, a gestionar el cobro por concepto de pensión de sobreviviente y las cantidades retenidas por tal concepto, el tramite pertinente a la declaración de los impuestos sucesorales ante el Seniat, así como el cobro de los haberes que se encuentran depositados en cuentas bancarias, Seguro de Vida o cualquier otro Beneficio, percibidas por la causante NELLY COROMOTO MARQUEZ DE BLANCO, quien fuera venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-8.945.654, y falleciera Ab-Intestato, que le corresponden a su hija (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial)., de doce (12) años de edad, En tal sentido, deberán remitir a la sede de este Despacho la alícuota parte de la beneficiaria mediante cheque no endosable a nombre de la adolescente, haciendo mención a la solicitud Nº JMS1- 3696, a los fines pertinentes. Todo ello, en virtud de lo contemplado en los artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Venezolano vigente.
Autorización Judicial que se expide a los seis (06) días del mes de Junio del año 2.014, previa solicitud de parte interesada. Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
SOL. Nº JMS1-3696
MAME/JJC/karelis
Av. Orinoco, cruce con calle Piar, Edif. San José, Piso 01, Puerto Ayacucho,
Estado Amazonas. Telf.-Fax: (0248 521.05.41).
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