REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
Puerto Ayacucho, trece (13) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 155º
Visto el escrito de pruebas, presentado por la Abogada EVILA DEL CARMEN ZAMBRANO FUENTES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portadora de la Cédula de Identidad Número V-11.672.188, Apoderada Judicial de la parte demandada ciudadana AURISSA JOSEFINA CAMERO, plenamente identificada en autos. Este Tribunal pasa a resolver sobre las pruebas promovidas en los siguientes términos:
En cuanto a la reproducción del mérito probatorio de la parte dispositiva de la sentencia definitiva de fecha 02/04/2012, dictada en la presente causa, de la cual solicitó sea trasladada copia certificada de dicha sentencia, este Juzgado admite dicha prueba en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva y acuerda realizar el traslado de la mencionada sentencia en copia certificada y así se decide.
EL JUEZ,


ABG°. TRINO JAVIER TORRES BLANCO

LA SECRETARIA ACC.,


ABG. ALVA LOPEZ GARRIDO


TJTB/Alva
Exp. N° 2012-1959