REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, catorce (14) de octubre de (2.014)
204° y 155°

ASUNTO: SOL-JMS1-3841
ACTA DE AUDIENCIA UNICA

En horas de Despacho del día de hoy, siendo las 08:45 a.m., y estando en la oportunidad procesal para llevar a cabo la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria de conformidad con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la Solicitud que por Rectificación de Partida de Nacimiento, se lleva en el asunto: SOL-JMS1-3841, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte solicitante, ciudadanos LISBETH XIOMARA BOSSIO CORREA Y OLBERT ALEXIS CORREA GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.924.994 y V-13.325.516 respectivamente. En tal sentido; aplicando análogamente el contenido del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR



EL SECRETARIO


Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS BERMUDEZ






ASUNTO: SOL-JMS1-3841 (R.P.N)
MAM/JJC/MAIKER