REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2014-004029
ASUNTO : XP01-R-2014-000067
JUEZ PONENTE: LUZMILA YANITZA MEJÍAS PEÑA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
IMPUTADO: WAGNER FLORES GUZMAN, Colombiano, titular de la cédula de Ciudadanía Nº E-84477749, Natural de Puerto Carreño Vichada Colombia, nacido el 30-09-1985, de 28 años de edad, soltero de profesión u oficio Medico Integral, residenciado entre Barrio Ajuro y Monseñor Av. Menca de Leoni, residencias Zamar, propiedad de Luis Zamar, por la transversal de la casa del Tornillo.
ROBINSON GARCIA GONZALEZ, Colombiano, titular de la cédula de Ciudadanía N°E- 84489082, Natural de Puerto Inárida Guainia, nacido el 29-10-1987, de 27 años de edad, soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en Barrio Aramare, calle principal, Av Constitución, casa s/n, a dos casas de la Fruteria frente a la Escuela Aramare, Municipio Atures, Estado Amazonas.
RECURRENTES: Abogados José Rafael Urbina y Jesús González, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 82.977 y 178.687, respectivamente, Rafael Goncalvez y José Coronel Mirelis, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 155.534 y 121.617, respectivamente.
FISCALIA: FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
DELITOS: COMERCIO ILICITO DE RECURSOS O MATERIALES ESTRATÉGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra le Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS.
PROCEDENCIA: TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
I
ANTECEDENTES
Visto que en fecha 25SEP2014, se recibió por ante la Secretaría de esta Corte de Apelaciones, el oficio Nº 4377-2014, de fecha 24SEP2014, suscrito por la abogada Amuraby España, en su condición de Juez Tercera de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, por el cual remite Recurso de Apelación de Sentencia, signado con el Nº XP01-R-2014-000067, ejercido por los Abogados José Rafael Urbina y Jesús González, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 82.977 y 178.687, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano WARGNER FLORES GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.477.749, en contra de la decisión dictada por el mencionado Tribunal en fecha 10AGO2014, fundamentada en fecha 25AGO2014, mediante la cual se decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad del Ciudadano WARGNER FLORES GUZMAN, antes identificado, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE MATERIALES ESTRATEGICOS, tipificado y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del estado Venezolano. así mismo en la referida fecha se recibió oficio Nº 4378-2014, de fecha 24SEP2014, suscrito por la abogada Amuraby España, en su carácter antes mencionado, por el cual remite Recurso de Apelación de Sentencia, signado con el Nº XP01-R-2014-000073, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por los Abogados Rafael Goncalvez y José Coronel Mirelis, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 155.534 y 121.617, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano ROBINSON GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.489.082, en contra de la decisión dictada por el mencionado Tribunal en fecha 10AGO2014, fundamentada en fecha 25AGO2014, mediante la cual se decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad del Ciudadano ROBINSON GARCÍA, antes identificado, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE MATERIALES ESTRATEGICOS, tipificado y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del estado Venezolano.
Ahora bien, visto que la pretensión de los recursos poseen el mismo objeto, el cual versa sobre la impugnación de la decisión dictada en fecha 25AGO2014, sobre los mismos hechos y las mismas partes, es por lo que esta Corte de Apelaciones, acuerda a los fines de evitar decisiones contradictorias en un mismo proceso, y en virtud de la unidad procesal, ACUMULAR al asunto signado con el Nº XP01-R-2014-000067, el asunto Nº XP01-R-2014-000073, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece: “La acumulación de autos en materia penal se efectuar en cualquier caso en que el criterio judicial dependa de la relación que guardan entre si los varios hechos enjuiciados”. En consecuencia, quedará en estado trámite el asunto Nº XP01-R-2014-000067, dándose por terminados el recurso acumulado a este, previa su corrección de foliatura por secretaría de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se deja constancia que en ambos asuntos correspondió la ponencia a la Jueza LUZMILA YANITZA MEJÍAS PEÑA, de acuerdo al Sistema Organizacional Juris 2000, en consecuencia se conserva la ponencia.
II
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, actuando en Sede Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: Se ordena ACUMULAR al asunto signado con el número: XP01-R-2014-000067, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por los Abogados José Rafael Urbina y Jesús González, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 82.977 y 178.687, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano WARGNER FLORES GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.477.749, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en fecha 10AGO2014, fundamentada en fecha 25AGO2014, el asunto Nº XP01-R-2014-000073, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por los Abogados Rafael Goncalvez y José Coronel Mirelis, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 155.534 y 121.617, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano ROBINSON GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.489.082, en contra de la decisión dictada por el mencionado Tribunal en fecha 10AGO2014, fundamentada en fecha 25AGO2014, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia de la acumulación, quedara en estado Trámite el asunto Nº XP01-R-2014-000067, que contiene los recursos de apelación, ejercido por los Abogados José Rafael Urbina y Jesús González, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 82.977 y 178.687, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano WARGNER FLORES GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.477.749, y los Abogados Rafael Goncalvez y José Coronel Mirelis, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 155.534 y 121.617, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano ROBINSON GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.489.082, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en fecha 25AGO2014, mediante la cual se decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad del Ciudadano WARGNER FLORES GUZMAN, ROBINSON GARCÍA, antes identificados, mediante la cual se decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los mencionados ciudadanos, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE MATERIALES ESTRATEGICOS, tipificado y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del estado Venezolano. TERCERO: En virtud de la acumulación del asunto XP01-R-2014-000073 al asunto XP01-R-2013-000067, se acuerda dar por terminado el recurso acumulado a este, previa su corrección de foliatura por secretaría de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese un ejemplar en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Cúmplase.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Reuniones de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Siete (07) días del mes de octubre del Año Dos Mil Catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
Jueza Presidenta y Ponente,
Luzmila Yanitza Mejías Peña
La Jueza la Jueza
Marilyn de Jesús Colmenares Ninoska Contreras España
La Secretaria
Maria Alejandra Michelangelli
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Maria Alejandra Michelangelli
N° XP01-R-2014-000067
Asunto Acumulado
N° XP01-R-2014-000073
LYMP/MJC/NECE/MAM/lbc.-