REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-005907
ASUNTO : XP01-R-2014-000058



Por cuanto, se evidencia de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente asunto contentivo del Recurso de Apelación, ejercido por la Abogada AZALIA BEATRIZ LUGO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.567.698, en su condición de Defensora Pública Tercera Penal adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Amazonas, y defensora del ciudadano ARGENIS JAVIER CONDE CAYUPARE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.243.039, en contra de la decisión dictada en fecha 20JUL2014 por el Tribunal Único de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, que mediante acta de fecha 22JUL2014, se Inhibe al conocimiento de la presente causa la Jueza AMERICA VIVAS HIDALGO, quien para la fecha cumplía funciones de Jueza Suplente de la esta Corte de Apelaciones, este Tribunal, estima necesario hacer las siguientes observaciones:

Se constata que el presente Juzgado Accidental, se constituyo en virtud de la decisión dictada en fecha 29JUL2014, en la cual se declaró Con Lugar la Inhibición planteada por la Jueza América Vivas Hidalgo, quien para la fecha formaba parte de este Órgano Superior Ordinario; supliendo a la Jueza Ninoska Contreras, siendo posteriormente designado el Abogado Miguel ángel Fernández, mediante convocatoria Nº 024-2014, de fecha 31JUL2014, emanada de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, quedando constituido la Corte Accidental, con los Jueces Luzmila Yanitza Mejías Peña, Marilyn de Jesús Colmenares y Miguel ángel Fernández.

Asimismo, se evidencia que la Jueza AMÉRICA VIVAS HIDALGO, conformado el referido Juzgado Ordinario, en virtud de su condición como Jueza Temporal, por suplencia de la Jueza NINOSKA CONTRERAS ESPAÑA, Integrante de este Tribunal Superior, a propósito del disfrute de su periodo vacacional correspondiente a los años (2012-2013), y por cuanto la referida Jueza NINOSKA CONTRERAS ESPAÑA, se ha reincorporado a sus labores habituales, siendo concluida la suplencia realizada por la Jueza AMERICA VIVAS HIDALGO, y por no existir causal que impida el conocimiento del presente asunto, es por lo que, se ABOCA la Jueza NINOSKA CONTRERAS ESPAÑA, al conocimiento de la presente causa, se deja constancia que desde el día de hoy, esta Corte Accidental, pasa a ser Órgano Superior Ordinario, quedando en consecuencia constituida por las Juezas LUZMILA YANITZA MEJÍAS PEÑA, MARILYN DE JESÚS COLMENARES y NINOSKA CONTRERAS ESPAÑA. Quedando la Ponencia y la Presidencia a la Jueza LUZMILA YANITZA MEJÍAS PEÑA. Notifíquese a las Partes.



LA JUEZA PRESIDENTA y PONENTE


LUZMILA YANITZA MEJÍAS PEÑA






La Jueza, La Jueza,


MARILYN DE JESÚS COLMENARES NINOSKA CONTRERAS ESPAÑA




La Secretaria,


MARIA ALEJANDRA MICHELANGELLI




En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo constatado en el presente auto.-



La Secretaria,



MARIA ALEJANDRA MICHELANGELLI




























LMP/NCE/MJC/MAM/Ngf.-