REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

ASUNTO: JMS1-2162

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, veintitrés (23) de Abril del año 2015, siendo las 11:30 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de mediación, en el juicio que por Divorcio Contencioso, se lleva en el asunto: JMS1-2162. Se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado diez (10) minutos y se constato de la incomparecencia de los ciudadanos: MILAGROS CARMEN GREGORIA MARTINEZ HERNANDEZ y URBANO MAESTRE ROBMER DE LA PAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.505.762, y V-16.767.330, de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDA la causa principal, dejando constancia que los acuerdos en cuanto a las instituciones familiares quedan vigentes en el procedimiento, remitiéndolo al archivo de este Tribunal para su Resguardo. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MARIO ALBERTO MARCANO ESCOBAR.
LA SECRETARIA,


ABG. YURAIMA GUACHUPIRO.





ASUNTO: JMS1-2162
MAME/JJC/RHONA-